Inicio > Uncategorized > Caso Fuentealba II: resolución completa del Tribunal Superior de Justicia

Caso Fuentealba II: resolución completa del Tribunal Superior de Justicia

Etiquetas: ,
  1. ortiva
    13 junio 2011 15:03 a las 15:03

    Estoy leyendo la sentencia, y aún no terminé pero no dejan de llamarme la atención los párrafos que acto seguido trascribo. Qué palazo le pega el TSJ a la querella, y lo más doloroso es que todo lo que dice es verdad:
    «Todo ello, sumado a lo que se desprende de las constancias de este voluminoso legajo, me lleva a avalar las críticas que formulara el Juez de Instrucción a la nula actividad de esa parte durante el extenso curso de este proceso. No propuso ni una sola medida, ni una sola diligencia, ni una sola prueba. Después de casi dos años de promovida la acción penal por requerimiento fiscal de instrucción, advirtió que –según su parecer- los hechos debían ser imputados de otro modo y agregarse otras personas. Argumentó que dicha inacción se debía a una cuestión meramente estratégica, consistente en esperar la finalización del juicio de la causa “Poblete” –en la que, dicho sea de paso, tampoco ofrecieron prueba, ya que se les expiró el término legal para hacerlo-, para aprovechar los elementos de convicción que de allí se desprendieran, todo lo cual se incorporó a las presentes actuaciones. Sin embargo, tal como lo resalta el instructor, transcurrieron cinco meses desde la finalización de aquél juicio hasta que formularon la presentación que originó todo este vericueto, sin que el estado de las cosas variara sustancialmente. Nada aportaron tampoco en ese período. Ni siquiera al momento de constituirse como querellante particular, expusieron una relación sucinta del hecho ni individualizaron a los imputados, tal como lo requiere la ley de rito (art. 70 bis, C.P.P. y C.), pese a que ya existía en la causa una requisitoria fiscal que los contenía.
    Además, tampoco ha sido prolija su única intervención en esta causa, cual fue la presentación que originó todo este trajín recursivo, ya que, como lo resaltara en considerandos anteriores, ni siquiera mencionaron la prueba que fundaba su petitorio, la hipótesis que proponen, ni cómo esa prueba permitía lograr la convicción necesaria para que se acoja su pretensión de reformular los hechos imputados y llamar al proceso a un nuevo individuo. En este aspecto, no intentaron convencer al juez, el cual no se encuentra obligado a aceptar y hacer todo lo que las partes proponen o requieren: sólo cuando la fuerza de la razón lo imponga.
    En consecuencia, no resulta acertado alegar, como lo hace la querella, que los órganos judiciales obstruyen su actividad, cuando nada han hecho. Obstruir consiste en impedir un accionar, en estorbar su realización. No se puede impedir o estorbar lo que no se hace.
    Todo lo expuesto no implica desconocer que la obligación de actuar del Ministerio Fiscal, como encargado de reprimir el delito, persiste pese a la inacción de quien se encuentra constituido como querellante, ya que esto no lo exime de ninguna de sus responsabilidades funcionales.»

  2. Daniel
    13 junio 2011 16:09 a las 16:09

    El 11 de mayo, en este mismo espacio escribía esto:

    «Cuando las decisiones que se toman son adversas a los intereses de una parte es cosa muy sencilla echar un manto oscuro de sospechas sobre “la justicia” así, despersonalizada… o sobre los “jueces” tachándolos como en este caso de “Sobichistas”, “Sapagistas” o con cuanto apelativo se les ocurra.
    Señores, una verdad a medias es siempre una mentira!!. Hay que decirla completa: Si la responsabilidad de Sobisch no fue investigada eso depende en gran medida de la pobre actuación profesional de los Señores Querellantes que estuvieron ausentes -clarito- ausentes durante todo el curso de la investigación en la famosa causa “Fuentealba II”, que fueron los únicos responsables de citar a Sobisch como testigo (Estrategia?… cual?), luego casi mágicamente con los mismos fundamentos pedir que sea llamado a prestar Indagatoria, esos mismos Querellantes que se olvidaron de ofrecer la prueba en el Juicio a Poblete (Esto es grave??…Sii!! aunque parece que no)
    Esto, señor Berto, hay que decirlo… pero clarito, en grande y con título porque es la parte de verdad que falta y que hace que, al final, sea una mentira..
    Les recomiento leer lo que van a encontrar aquí: http://www1.rionegro.com.ar/blog/expediente/?mode=viewid&post_id=782
    Estaría bueno que alguien, no se quien, pero alguien explique cómo era la estrategia de la Querella (?) y, principalmente, como si el Sr. Palmieri no compartía la estrategia del Fiscal sólo optó por el silencio en la causa más importante de la provincia.
    Hoy, luego de una inexplicable ausencia durante toda la causa, luego de no haber siquiera contestado la vista del Art. 311, creo que la Querella se juega su última carta. Vaya a saber uno como resolverá el Tribunal.
    Si la decisión que adopte no favorece a la Querella, tengan señores lectores la otra parte de la verdad… por las dudas, no vaya a ser cosa que entonces digan que los actuales integrantes del TSJ también son sobichistas…
    Buenas tardes!!»

    Que bueno que el TSJ haya dicho, clarito y sin eufemismos, toda la verdad… la verdad completa….
    Mi pregunta sigue intacta… ¿¿que van a decir ahora??

    • camilo
      13 junio 2011 19:24 a las 19:24

      van a decir lo de siempre: nadie se va a calentar por leer el fallo y sus fundamentos y van a salir a decir que es un nuevo ejemplo de impunidad de Sobisch y de su protección por la justicia provincial. En lugar de reconocer sus errores le van a echar la culpa al «poder» y no sé que otro cuento. Seguro que van a decir algo así.

  3. 13 junio 2011 19:35 a las 19:35

    Estimo que el fallo del TSJ es desacertado en tanto no alienta que la justicia desentrañe la verdad real y vulnera garantias constitucionales esenciales.
    Ver http://www.derechodelavictima.com.ar/blog/component/content/article/54-notas-a-fallo/315-derechos-de-la-victima-en-la-investigacion-penal-caso-fuentealba

  4. Pepe
    13 junio 2011 20:23 a las 20:23

    El titulo de la nota del diario es falso ya que afirma que “Justicia neuquina rechaza investigar a Sobisch por el asesinato de Fuentealba”, es una verdadera farsa que tiene por única finalidad seguir dándole prensa a dos abogados chantas que no han hecho nada para intentar demostrar la responsabilidad de Sobisch. La justicia no rechaza investigar a nadie. La verdad de la historia es que la querella se presentó en la causa sólo para estorbar y hacer planteos absurdos. Si tanto interés en investigar y acusar a Sobisch tenía, porque no presentaron una sola prueba que permita imputarlo???? Ni siquiera presentaron pruebas en el juicio de Poblete porque los chantas de los abogados simplemente lo olvidaron. Una verdadera vergüenza. Por suerte les impusieron las costas, lo menos que podían hacer es pagar los platos rotos.

  5. hector Luis Manchini
    14 junio 2011 12:51 a las 12:51

    Con el triunfo de Sapag que implica la confirmaciòn de Sobisch como presidente del partido y el dueño de las barajas, a olvidarse de cualquier juicio cuando del otro lado estè el dueño del poder o sus amigos. Sòlo sè que nada impedìa abrir el juego, pensar que el duelño real de la acciòn penal es el fiscal y el tendrìa que haber dado los pasos necesarios respecto del ejercicio correcto del Poder de Policìa que en ese caso le corresponde ejercer sì o sì al gobernador segùn la Constituciòn Provincial. Todo ello sin olvidar que la querella en hechos de compromiso polìtico para el gobierno es siempre un invitado de mala gana en elproceso penal, a loque debe sumarse la absoluta necesidad de saber la verdad real de las resposabilidades en otdo el desarrollo del suceso desde la primer orden, màs allà de excusas formales que obstaculicen su logro. Sòlo se generò una situaciòn de duda que hace mucho mal a la credibilidad de la justicia.

    • Daniel
      14 junio 2011 14:30 a las 14:30

      Lea un poquito más mi amigo…

  6. 14 junio 2011 18:08 a las 18:08

    No soy tu amigo y el dìa que vos hayas leìdo la dècima parte de lo que yo leì, tendras 200 años. Buscame
    en la doctrina y jurisprudencia de excelencia. El derecho no es una ciencia exacta es un medio que utilizan las personas para convivir en sociedad.. Si tengo la oportnidad de encontrar la verdad por un medio fuera de las formas rigurosas como juez lo debo hacer. Eso es lo ùnico que importa, Sucede que aquì el Poder Judiical existe sòlo para algunos. En mi caso P.Ej una Sra. Fiscal me querello por calumnias e injurias y daño moral porque ella habia cometido encubrimiento .No actuò en lesiones gravisimas comprobadas de mi hijo dicièndome que era amiga de los victimarios, pero tampoco se excuso. El encubrimiento se perdiò. Decime extamente que querès que lea. Tengo 64 años y 44 de justicia, Labate, Luchino, fueron mis secretarios, German Politzer defensor de primera instancia cuando era Defensor de càmara y la Dra Corvalan abogada de estudio, cuando yo era Juez,, Tuve que renunciar porque Sobisch lo quiso. Y por sobre todas las cosas no soy tu amigo y me debès respeto al menos por mi trayectorio. El derecho y la justicia es resolver problemas. Cuanta gente creerà que la decisiòn de TSJ no fué dictada rechazando todos los recursos, porque Sobisch lo quiso. Si era inocente, si no diò orden de reprimir en la forma que se reprimiò ¿Cual era el problema? Si un individuo es inocente en la indagatoria se muere por declarar, el culpable guarda silencio. Lee daniel, lee.

    • camilo
      14 junio 2011 19:54 a las 19:54

      Dr. Manchini: He leído detenidamente el fallo y no lo encuentro desacertado, ni advierto que vulnere garantías constitucionales esenciales como Ud. dice, ni que desaliente la búsqueda de la verdad real (más allá de dejar a salvo mi opinión en el sentido de que comparto con Alvarado Velloso que no existe la posibilidad de alcanzar la verdad real y que a todo evento cada cual tendrá su verdad, y que aún de poder encontrársela ello de ningún modo habilita al juez a perder su imparcialidad y afectar el debido proceso para salir en su búsqueda.
      Se desprende claramente del fallo que el recurso fue rechaza porque la resolución impugnada (que denegaba el pedido de que se amplíe la investigación llamándose nuevamente a los imputados Moisés Soto, Adolfo Soto, Mario Rinzafri, Jorge Garrido, Carlos David Salazar y Raúl Pascuarelli para formularles nuevos cargos y la citación como imputado a Sobisch) no causa un agravio al querellante, ni le produce un gravamen irreparable de imposible o insuficiente reparación ulterior, ya que si bien el recurso se planteó apuntando a discutir si la víctima constituida en querellante particular, puede promover autónomamente la acción penal pública, con independencia de la actividad del Ministerio Público Fiscal, eso no guarda relación alguna con los fundamentos por los cuales el Juez de Instrucción rechazó el pedido en su oportunidad.
      Por el contrario, el fundamento del juez de primera instancia fue que los hechos eran distintos a los investigados en la causa (destacando en este punto que no puede existir más de un objeto procesal en el mismo proceso) y que además el planteo era temporalmente inoportuno y carente de elementos probatorios que lo sustenten.
      Deja entonces aclarado el TSJ que la posibilidad de reformular tiene un límite y ese es que “…el hecho investigado que se reformula o precisa siga siendo el mismo con el que se dio origen a la instrucción, pues de tratarse de un hecho distinto, indudablemente será necesario tramitar un nuevo proceso, independiente del anterior, por la vigencia de la prohibición de persecución penal múltiple (ne bis in idem). “
      Queda claro entonces que la sentencia atacada no tiene el carácter de definitiva ni se equipara a tal ya que puede abrirse un nuevo proceso contra Sobisch, donde pueda investigarse la tan remanida verdad real que a Ud. tanto le preocupa y respetando el debido proceso legal.
      Por último no deja de llamarme poderosamente la atención la última reflexión de su comentario, y temo pensar que en su larga trayectoria como juez haya dicho Ud. en sus sentencias que «Si un individuo es inocente en la indagatoria se muere por declarar, el culpable guarda silencio».
      ¿Dígame dónde lo ha leído Ud. que tantas horas le ha dedicado al estudio porque yo -en mis humildes doce años de profesión- no lo he visto jamás?. El modo en que Ud. cierra su comentario es la más grave vulneración a la presunción de inocencia que puede hacer un (ex) juez. No es ni más ni menos que la traslación del tristemente célebre principio del «algo habrán hecho» al proceso judicial.
      Nótese que a su criterio si el imputado no se presta a declarar prontamente eso es un indicador de su culpablidad, y siguiendo su línea de análisis debe entonces demostrar su inocencia para revertir ese indicio. ¿Sentenciaba Ud. de ese modo?. Dígame que no por favor, porque si era así opto por el mal menor y me quedo con los jueces sobischistas.

    • Daniel
      14 junio 2011 21:59 a las 21:59

      Es verdad don Manchini, de ninguna manera podría ser usted mi amigo. Cuando le recomendaba que leyera, me refería al fallo del T.S.J porque parecía claro que no lo ha leído. Ahora, en cambio, ahora me parece que si lo leyó, sólo que está empecinado en defender una posición que -por la fuerza de la razón y por más que la disfracen y la arreglen – se está cayendo a pedazos.

  7. hector Luis Manchini
    15 junio 2011 6:18 a las 6:18

    Daniel: Imaginate que tu cliente es absolutamente inocente del crimen que le imputan y tiene los elementos de juicio que demuestran que la atribuciòn del delito es arbitraria, llegado el momento de la indagatoria ¿Vos le vas a decir que se niegue a declarar? Obviamente no. pues no hay nada màs convincente para los jueces que deben decidir el caso que la exposiciòn de la verdad que aparecera nìtida de la exposiciòn de ese tu cliente. Por el contrario si es te
    confiese que cometiò el crimen tenès dos caminos le asconsejas que preste indagatoria, que se muestre arrepentido y en los alegatos pedìs clemencia al tribunal o le aconsejas que no declara yesperàs que se desarrolle la prueba.
    En cuanto a mis sentencias se han destyacado permanentemente commo mis artìculos de doctrina de manera relevante y laspodès encontrar en La Ley, El derecho, Google, Yahho y en cuanto lugar sedifunda un tema jurìdico eso desdehace 40 años a la fecaha o ingresa a http://www.derechodelavictima.com.ar, o los miksmos miembros del TSJ te pueden informar asì la Dra Corvalan como prestigiosa abogada de Cutral Co, cuando fui juez allì, o el Dr. Labate que vio mi trabajo lado a lado o el Dr.massei y su trascendente trayectoria en el tema.
    En cuanto al juico en particular de la Responsibilidad de Sobischen razòn de que al momento del hecho era el titular exclusivo de disponer la forma de ejercer el poder de policìa en el caso que le atribuye la Constituciòn considero
    que correspondìa investigar sin trabas formales el desempeño en ese caso teniendo como mira desentrañar la verdad real en ese asunto como en todos. Esmi opiniòn y en intercambio de opiniones se crece sin necesidad de agraviar. Nadie ni en el dercho ni en la vida es dueño de toda la verdad como tampoco de todos los desaciertos. Mi intenciòn al exponer mi punto de vista fuè involucrarme en un debate respetuoso. Eso es todo.

  8. Solon
    15 junio 2011 13:01 a las 13:01

    Ud. dijo esto Dr. Machini: «Si un individuo es inocente en la indagatoria se muere por declarar, el culpable guarda silencio.» Es lamentable que quien ha sido Juez penal digo algo asi, es grave y muestra que a ud la presunción de inocencia contenida en la constitucion nacional y provincial y todas la convenciones de derechos humanos le pasa por un costado. Esto se lo digo sin que tenga relacion con el caso concreto que se plantea. Me parece que su argumento no se puede usar en ningun caso aunque comparta sus criticas a lo sentencia.

  9. Jose Garcia
    15 junio 2011 14:15 a las 14:15

    El Doctor Manchini con valentia , y quiza en una «quijotada», trata de que muchos abran los ojos, sus predica se asemeja a un ruego que trae la reflexion bajo el brazo, e implora por Justicia, …Justicia que administro y que cuirosamente en su caso personal no recibio…Esta descreido, no creo que resentido, pero incredulo de todo, se nota su fastidio y asqueo en su prosa…ojala las cosas cambien, y mi consejo sano doctor no claudique en sus convicciones , matengase firme…ilustrenos , ya sea en este blog, o en los que Ud. creo, y breguemos todos por una Justicia que tenga como base la verdad , ante todo la verdad.-

  10. 15 junio 2011 20:03 a las 20:03

    Estimado señor Josè Garcìa: Todo el asunto es la coherencia, el estudio, el trabajo y el esfuerzo sostenido en la acción de cada dìa. Las palabras són útiles para escribir un buen ensayo, un cuento gracioso, un poema al amor de los amores, desarrollar un debate respetuoso y con la amplitud de criterio que otorga haber vivido intensamente la gloria de cada día. Como con verdes y maduras la vida
    me f uè formando para enfrentar vientos y borrascas, como tambien gozar del sol y celeste cielo, amar y ser amado, respetar al otro que es mi hermano, entender que no soy el dueño de la verdad, que se crece elnla confrontación hidalga, no dude querido amigo que jamàs claudicaré como no lo hara usted sin duda.

  11. Daniel
    15 junio 2011 20:45 a las 20:45

    Bueh….

  12. InDubio
    17 junio 2011 20:50 a las 20:50

    Manchini, creo que si «todo el asunto es la coherencia», la pierde usted cuando manifiesta – y creo que en eso también yerra- que el fallo del TSJ vulnera garantías constitucionales, y luego interpreta el silencio en la indagatoria en contra del imputado. El imputado puede callar, reir, llorar o contar un chiste en la indagatoria y nada de eso quiere decir nada, ni el Juez puede interpretarlo como indicio de criminalidad.
    Respecto de la causa comentada en el Post, creo que la querella tiene ahora la posibilidad nuevamente de replantear lo mismo que en el 311 anterior -decretado nulo- y esta vez fundarlo decentemente en las pruebas de la causa. Así que eso de que «La Justicia Neuquina Rechaza investigar a Sobisch» es bastante «Clarinesco». Vende, pero es mentira.

  13. 20 junio 2011 1:02 a las 1:02

    LO CIERTO ES QUE EL DR. MANCHINI REPRESENTA UNA MANERA DE HACER JUSTICIA, CON ÉTICA Y RESPONSABILIDAD, ANTEPONIENDO LA BÚSQUEDA DE LA VERDAD ANTE TODO, SIN AMIGUISMOS NI VENDERSE AL COLOR POLÍTICO DE TURNO (QUE EN ESTA PROVINCIA HACE RATO ES EL MISMO), ALGO QUE PARA MUCHOS JÓVENES PROFESIONALES ES ALGO DESCONOCIDO. HOY LOS TIEMPOS SON OTROS, LA JUSTICIA, LAMENTABLEMENTE , TAMBIÉN.- ME SOBRARÍAN CREO QUE HASTA TRES DEDOS DE LA MANO PARA MENCIONAR ALGÚN MAGISTRADO QUE TENGA EL CONOCIMIENTO Y LA ÉTICA DEL DR. MANCHINI, PORQUE SI FUERA DE OTRO MODO NO ESTARÍAMOS DEBATIENDO EL FALLO DEL TSJ. FUERZA DR. MANCHINI, ! AUN SIGUE SIENDO LA PIEDRA EN EL ZAPATO PARA MUCHOS …

  14. Heriberto
    23 junio 2011 12:28 a las 12:28

    Y la «ampliación»?

    • 23 junio 2011 18:34 a las 18:34

      Está en el enlace en el post, haga click sobre la palabra «ampliación».

  15. heriberto
    23 junio 2011 20:20 a las 20:20

    Ahí dice que «habrá» ampliación y no que esa es la ampliación. Es complicado entenderse así.

  1. No trackbacks yet.

Replica a Pepe Cancelar la respuesta