Archivo

Archive for May 2010

Eduardo Badano quiere hablar ante los jueces que revisarán su destitución

31 May 2010 16:59 1 comentario

Eduardo Badano quiere hablar ante los vocales del Tribunal Superior de Justicia que deben resolver en el recurso de casación que interpuso en contra de la sentencia que lo destituyó por la vía del juicio político.

El ex vocal invocó el artículo 424 del Código Procesal Penal y la audiencia se realizará en fecha a determinar.

Con su propia voz, o a través de sus abogados Ricardo Cancela y Martín Segovia, expondrá las razones por las cuales considera que fue mal destituido.

La sala que resolverá su situación está integrada por Oscar Massei y el conjuez Marcelo Iñíguez.

El viernes pasado se sortearon más conjueces. Uno de ellos, el que quede confirmado en el cargo después del proceso de recusaciones y excusaciones que podría producirse, participará de la llamada audiencia “in voce”.

Quizá después ni le toque intervenir en el dictado de la sentencia, ya que sólo lo hará en caso de que sea necesario un desempate. Pero como la audiencia oral es irreproducible, estará presente para escuchar lo que allí se diga.

El 8 de febrero se había realizado un sorteo de conjueces. El azar reservó el rol de encargada del desempate a Alejandra Bozzano, quien luego (y antes de que Badano pidiera la audiencia oral) fue sorteada para intervenir en otra causa.

Como la ley establece que un mismo conjuez no puede intervenir en una nueva causa hasta que no se haya agotado la lista, se pasó a los siguientes sorteados en aquel febrero que nos parece tan lejano.

Sea por excusaciones, sea porque estaba sorteados en otras causas, ninguno estaba en condiciones de asumir. Por eso el viernes 28 de mayo se hizo un nuevo sorteo.

El orden de prelación que arrojó el bolillero fue: José Víctor Andrada; Manuel Hugo Castro; Roberto Rodríguez Bello; María Beatriz Peláez; Adolfo Guillermo Manson; Andrés Daniel Luchino y Alejandra Cristina Bozzano.

Hasta hoy al mediodía Andrada no se había excusado pero es muy probable que lo haga, y así evitará intervenir en la causa que atañe a su ex compañero en la Cámara Segunda (aunque el paso de Badano por ese tribunal fue tan breve que pocos deben recordarlo).

El expediente pasará a Castro, abogado de Cutral Co.

Una última información relacionada con sorteos, conjueces y con Badano.

El destituido vocal tiene iniciado un reclamo administrativo por el pago de una suma de dinero. El 13 de abril pasado hubo un sorteo para designar a un fiscal y salió la bolilla de Pablo Gutiérrez Colantuono quien, como estaba previsto, se excusó.

Por este tema el bolillero volverá a girar el lunes.

(La imagen es de prensa del TSJ)

SENTENCIA-FINAL-SALA-JUZGADORA

Etiquetas: ,

La causa de la cámara oculta llega a juicio oral casi 8 años después

31 May 2010 14:37 1 comentario

A casi 8 años de los hechos se realizará el juicio por la causa conocida como la cámara oculta, en la que están imputados el ex diputado y ex jefe de campaña de Sobisch, Osvaldo Ferreyra, y el ex asesor del gobierno Martín Segovia.

La Cámara Criminal Segunda fijó fechas de debate para el 21, 22 y 23 de setiembre. El delito es cohecho activo (artículo 258 del Código Penal).

La Cámara estará integrada por Emilio Castro, José Andrada y Héctor Dedominichi.

La acusación estará a cargo de la fiscal María Dolores Finochietti y el querellante Juan Manuel Salgado (patrocina al ex diputado Jorge Taylor).

Osvaldo Ferreyra tendrá defensor oficial: Miguel Valero, mientras que a Segovia lo asistirá Ricardo Cancela, el mismo abogado de Sobisch. (Cancela y Segovia fueron, a su vez, los defensores de Eduardo Badano en el juicio político que terminó con su destitución).

Están citados a declarar 12 testigos, seis el 21 de setiembre y el resto al día siguiente. Los alegatos serán el 23 de ese mes.

La causa iniciada en noviembre de 2002 llegó a juicio después de enormes dilaciones y excusaciones. En una época estuvo a punto de ser imputado Jorge Sobisch pero un fallo de la Corte lo benefició.

Para los interesados en lo que se publicó en el blog sobre este tema, click aquí. (Algunos post van a parecer desactualizados, por ejemplo los que incluían un reloj con la cuenta regresiva cuando estaba a punto de prescribir. Otros tienen documentación pertinente para conocer los motivos de la demora).

Los magistrados de Neuquén le piden al Poder Ejecutivo que no judicialice los problemas políticos

31 May 2010 0:01 7 comentarios

Miembros del Poder Ejecutivo provincial o de municipalidades que no cumplen con su función y transfieren problemas políticos al Poder Judicial.

Ataques a la independencia judicial, a través de organizaciones políticas, o de particulares, e incluso del gobierno nacional.

Estrechez financiera como secuela de la creación de múltiples organismos judiciales en el pasado sin la previsión presupuestaria.

Mala distribución del recurso humano.

Estos son algunos de los puntos que toca el extenso y crítico documento de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia de Neuquén conocido en las últimas horas.

Aquí se reproduce íntegro, las negritas son mías.

“Al cumplirse un año de la jornada de reflexión, denuncia y concientización organizada por la Federación Argentina de la Magistratura el 27 de mayo de 2009, la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia del Neuquén siente el deber de informar al Tribunal Superior de Justicia de la Provincia, a los Poderes Ejecutivo y Legislativo provinciales y a la comunidad toda, que la situación que motivara aquella manifestación por parte de la organización  que nuclea a los colegios de magistrados y funcionarios de toda la República Argentina, en la Provincia del Neuquén, no ha recibido  las respuestas necesarias.

La independencia del Poder Judicial, necesaria para hacer frente a las presiones e influencias que se pretenden ejercer desde cualquier estamento de poder social fue reconocida y custodiada por los constituyentes de 1853 y de 1994, y tuvo su réplica en la Constitución de la Provincia del Neuquén.

Tal preocupación es consecuencia de la importancia que una judicatura independiente tiene para el desenvolvimiento de la vida republicana y para una sociedad democrática.

Y es que, más allá de los errores, aciertos y desaciertos que se puedan imputar a la actuación de jueces y funcionarios judiciales y de las críticas que se formulan al Poder Judicial -algunas fundadas y otras no-, la instancia judicial sigue siendo el último bastión que tiene el ciudadano para buscar protección frente a los abusos del poder -político, económico, y de cualquier otra naturaleza-, como así también para dirimir los conflictos que se plantean en el ámbito social.

Reforma procesal

La Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene dicho que el principio de legalidad, las instituciones democráticas y el estado de derecho son inseparables, y agrega que uno de los objetivos principales que tiene la separación de poderes, es la garantía de la independencia judicial (caso “Aguirre Roca, Rey Ferry y Revoredo Marsano vs. Perú”, sentencia del 31 de enero de 2001).

En el curso de este año (27 de mayo 2009 – 27 de mayo 2010) no se ha registrado el avance necesario en las reformas procesales e institucionales proyectadas y presentadas en la Honorable Legislatura tendientes a agilizar la prestación de justicia, garantizar su independencia y acercarla al habitante de esta provincia.

Esperamos e instamos al Poder Legislativo a que, en el curso las sesiones del presente año, se aprueben las mismas.

Situación presupuestaria

También entendemos como herramienta de afectación de la independencia judicial el recorte de recursos presupuestarios, que, en definitiva, ha de afectar el correcto funcionamiento del Poder Judicial.

Es un principio básico para el aseguramiento de la independencia judicial el suministro de los recursos económicos suficientes para que la judicatura pueda desempeñar sus funciones, consagrado a nivel internacional (ver los “Principios Básicos para la Independencia de la Judicatura”, el Estatuto Universal del Juez -art. 14-, el Estatuto del Juez Iberoamericano -art. 6-, y las Observaciones Finales del Comité de Derechos Humanos de la ONU para los casos Georgia y Congo).

Si la Legislatura de la Provincia ha creado, desde años atrás estructuras judiciales, mal puede luego negar los recursos financieros necesarios para asegurar el funcionamiento de esos organismos.

Por ello reclamamos la sanción del presupuesto del Poder Judicial en tiempo oportuno y acorde a los requerimientos de funcionamiento de los tribunales de justicia, Ministerios Públicos y demás organismos judiciales.

No podemos dejar de señalar que los recursos afectados al Poder Judicial requieren de una administración austera y eficiente por parte del Tribunal Superior de Justicia.

Reasignación de personal

Desde esta Asociación se viene reclamando, hace ya tiempo, que dicho Cimero Tribunal disponga la reestructuración de su planta de personal -la que compromete la mayor parte del presupuesto judicial-, en el convencimiento que existen sectores sobredimensionados y con escaso aprovechamiento del recurso humano, cuyos servicios podrían ser de mayor utilidad en otras dependencias distintas a las que actualmente se encuentran afectados, como así también un análisis profundo de la necesidad de continuar con las locaciones de servicios vigentes, que involucran siempre a profesionales ajenos a la actividad propia del Poder Judicial.

Reconocemos y apoyamos la política encarada de racionalización de gastos y economización en alquileres e insumos, pero reiteramos públicamente este pedido, ofreciendo nuevamente la colaboración de la Asociación de Magistrados y Funcionarios en la tarea referida para profundizar los logros obtenidos.

Ataques a la independencia

En este último año hemos sido testigos de un recrudecimiento de ataques a la independencia del Poder Judicial.

Avances provocados desde el poder político y las organizaciones intermedias representadas en el Consejo de la Magistratura a través de la sanción de un reglamento para la evaluación periódica de magistrados y funcionarios de estructura inquisitiva e invasivo de funciones propias del Tribunal Superior de Justicia y de la privacidad propia de la actividad de los tribunales -temporalmente suspendido por Resolución Interlocutoria nº 17/2010 del Tribunal Superior de Justicia -;

por las comunidades originarias que mediante vías de hecho, insultos e injurias pretenden el reconocimiento de derechos que sólo puede otorgarse dentro del trámite judicial y a través de los procedimientos legalmente establecidos a tal fin;

por organizaciones intermedias, familiares y amigos de víctimas de delitos que, provocando daños materiales, realizando “escraches” en los domicilios particulares de magistrados y funcionarios, con agresiones físicas y amenazas veladas quieren revertir lo decidido en sentencias judiciales y quejarse porque no se adoptó la resolución que ellos querían, olvidando que el único modo de revocar una decisión adoptada por un juez son las vías recursivas que el código procesal establece a tal fin;

por grupos de propietarios del interior de la Provincia que, sintiéndose afectados por trámites y decisiones judiciales, pretenden que el Tribunal Superior de Justicia imparta instrucciones a jueces y funcionarios para que actúen a favor de sus derechos;

por organismos del Poder Ejecutivo Nacional que, bajo el pretexto de la defensa de los derechos de parte de la comunidad, pretenden imponer al juez la legislación a aplicar para la resolución de casos concretos;

y, en general, de variados sectores que, evitando encauzar sus reclamos por los conductos que la ley fija, quieren obtener lo pretendido mediante el uso de la fuerza, el vituperio y, en muchos casos, el cercenamiento de derechos de terceros; intentan vulnerar la independencia de magistrados y funcionarios.

Hemos soportado, y lo seguiremos haciendo, el accionar de estos grupos políticos y de presión, pero advertimos a la comunidad neuquina que no resulta posible la paz y el orden sociales, ni encontrar solución a las injusticias que padece gran parte de la población provincial, fuera del ámbito de la legalidad. La ley de la selva sólo protege y favorece al más fuerte.

Si se compromete y se conculca la independencia de magistrados y funcionarios, la noche más negra ha de caer sobre la sociedad, quedando sus integrantes a merced de los poderosos de turno, y de la venganza por mano propia.

Sumarios administrativos

Reclamamos también del Tribunal Superior de Justicia la modificación de la práctica disciplinaria instaurada que dispone la instrucción de sumario administrativo por cuestiones intrascendentes; a la vez que mantiene, en muchos casos, los trámites sumariales abiertos y sin resolución por tiempos más que prolongados. Ello constituye una amenaza latente para el magistrado o funcionario involucrado.

Igual conducta se predica para el Jurado de Enjuiciamiento. Ya se ha llamado la atención respecto de la extensión temporaria excesiva que corre entre la denuncia y la decisión de declarar la admisibilidad o inadmisibilidad del enjuiciamiento, circunstancia que indudablemente conspira contra la tranquilidad de espíritu de magistrados y funcionarios del Poder Judicial, y tiñe de sospecha la gestión ante la Sociedad.

Mención especial merece la judicialización de conflictos que no son propios del Poder Judicial y que la sentencia judicial no puede resolver adecuadamente como consecuencia de la inoperancia de los órganos encargados de su solución.

Tal situación no sólo genera una sobrecarga de tareas para la estructura judicial, a la vez que insatisfacción y frustración por parte de quién padece el problema, sino que, además, importa la afectación de recursos del Poder Judicial para cubrir las deficiencias de organismos que cuentan con sus propios presupuestos y con funciones específicas.

Ello lleva a solicitar al Poder Ejecutivo provincial y a las Municipalidades y Comisiones Municipales que instruyan a sus funcionarios respecto a la necesidad de que se asuman plenamente el cumplimiento de las funciones legalmente asignadas, evitando derivar al Poder Judicial asuntos, cuya solución, es de resorte exclusivo del ámbito político”.

La segunda imagen está tomada de aquí.

«La cárcel ya no está pensada para resocializar, es un depósito donde van los peores de los peores»

26 May 2010 11:04 2 comentarios

Este jueves 27 se conocerá el fallo tras el juicio contra 27 policías de Neuquén acusados de torturar a medio centenar de presos en la Unidad 11 del Parque Industrial, en abril de 2004. Como recuerda la Asociación Zainuco, querellante en el caso, justo esta semana se cumplen 94 años de la Masacre de Zainuco.

Aprovecho para publicar completa la entrevista con Roberto Cipriano García, coordinador del Comité contra la Tortura de la provincia de Buenos Aires.

La tortura está asociada con la obtención de información, pero en el juicio realizado en Neuquén se acusó de torturas a policías que cometieron acciones sin esa finalidad. ¿Qué se considera tortura?

La Convención Interamericana contra la Tortura dejó de lado la cuestión de la finalidad. Se haga por lo que se haga, el padecimiento de la persona constituye tortura cuando sea hecho por un funcionario del Estado. No toma el concepto de gravedad, habla de padecimientos. Esto está vinculado con el fin que tiene la cárcel. Es una institución que nace con el capitalismo, y fue pensada para resocializar a la persona. El lugar de la clase trabajadora era la fábrica, y cuando se descarriaba tenía la cárcel para resocializarse y volver a insertarse en el mercado del trabajo.

A partir del neoliberalismo ya no existe una clase trabajadora como hace 200 años, y lo que hay es un gran sector de la sociedad que está excluido. Entonces surgió el problema del gobierno de esa parte excluida de la sociedad. La cárcel pasó a tener una misión diferente: ya no está pensada para resocializar sino para ser un depósito adonde van a parar los peores de los peores. Y lo que se genera es una situación de disciplinamiento a partir de un sistema de premios y castigos. Aquellos que no se adaptan son torturados, vejados, se los deposita por muchos años en un lugar donde lo que no ha hecho el Estado nunca es renunciar a ese poder soberano de dar muerte. En las cárceles de la provincia de Buenos Aires muere una persona cada dos días.

-Y con este nuevo objetivo, ¿qué se espera del interno cuando recupere su libertad?

-Lo que se pretende es anular la personalidad, disciplinarlo, someterlo, y que cuando salga no sea alguien que cometa delitos que alteren el orden establecido. En la provincia de Buenos Aires vemos cómo ese sometimiento adquiere distintas formas. Hay 31.000 personas detenidas. La Unidad 9 de Olmos tiene 1.800 detenidos y 16 agentes penitenciarios por turno. En esa cárcel se pacta el control con los detenidos que se llaman “limpieza”, y que es responsable de mantener el orden en el pabellón a cambio de algún beneficio. Eso genera muchos problemas entre los detenidos por la disputa de ese lugar de privilegio. Olmos es la cárcel del sistema que mayor cantidad de muertos registra. En la cárcel de Alvear en cambio, la segunda más importante del sistema con 1.600 detenidos, hay cinco veces más agentes penitenciarios que en Olmos. Se maneja con una lógica de encierro permanente, casi no hay circulación de detenidos por la unidad, y registra sólo el 25% de las muertes que registra Olmos. Pero está primera en el ránking de las unidades donde más se tortura. Al haber más control del agente penitenciario, es donde más se denuncian torturas.

-¿Quién controla al sistema penitenciario?

-El sistema criminal en nuestro país es selectivo, en las cárceles sólo hay pibes jóvenes, pobres, no hay detenidos por estafa, ni empresarios, o un político corrupto. Este tipo de delitos no se persiguen pese a que causan mucho daño a muchas personas. Por otro lado hay un pacto muy importante del poder político con la fuerza penitenciaria y con la policial. Son dos mega instituciones en la provincia de Buenos Aires. La Policía tiene 52.000 agentes, y el servicio penitenciario 22.000, ambas con un extenso despliegue territorial. Hay un pacto por los altos niveles de corrupción. En 2008 cada detenido le costaba por mes 4.050 pesos a la provincia de Buenos Aires. Con eso el servicio tenía que darle de comer, los medicamentos, cuidarlo, pagar los sueldos de los agentes, etcétera.

Cuando uno recorre los lugares de detención se encuentra con que los detenidos no comen, en muchos casos los medicamentos están vencidos porque hay grandes negociados con las compras. Entonces se termina generando una gran organización delictiva que está conectado con los sectores políticos. Cada político que va pasando pacta con la policía el orden, la disciplina, a cambio de una ecuación económica para todos.

Lo que no hay es una decisión política, un gobierno civil de esa fuerza, que viene con unas prácticas que se siguen reproduciendo de la dictadura para acá. En la policía bonaerense hay 10 mil agentes que comenzaron a trabajar en la época de la dictadura. También tiene que ver con la escasa formación. Los agentes entran con un curso de 15 días, ni siquiera se les pide secundario, y se genera el denominado síndrome de la reja: los agentes hablan el mismo lenguaje que los detenidos y tienen comportamientos similares, no pueden mediar en ningún planteo y apelan a la violencia como forma de resolver cualquier conflicto.

-¿Cuál es el rol del Poder Judicial en este cuadro?

-Es un problema de clase, una cuestión ideológica, es a quién juzgan los jueces y de qué sectores provienen hoy los magistrados. Están juzgando a alguien que ven como peligroso para su propia condición, piensan que ese delincuente puede robarle a él, a un familiar. Ese magistrado no va a juzgar de la misma manera, habrá excepciones, al político o al empresario corrupto con el que tiene vinculación, del que necesita para seguir ascendiendo. Los jueces sienten a la policía como instrumentos que están al servicio de esa clase que ellos integran, entonces van a mirar con benevolencia la actuación de esos policías, porque en definitiva tampoco consideran personas a esos detenidos. Hay otra cuestión que va a atravesar la sentencia de este juicio en Neuquén que es cómo se tipifica el delito de torturas. En la provincia de Buenos Aires, entre 2000 y 2008 se iniciaron 12.000 investigaciones judiciales contra agentes penitenciarios o policías, de las cuales 9.000 están caratuladas como apremios ilegales y sólo 13 como torturas. Hay una complicidad muy importante del Poder Judicial en cómo se para frente a estos delitos.

-¿A la víctima se le dan garantías?

-Está instalado que el detenido miente para obtener un beneficio. Le puedo asegurar que los hechos de tortura que llegan a denunciarse son muy pocos porque el detenido sabe que no tiene protección judicial, que esa causa no va a llegar a ningún destino, que los responsables no van a pagar ningún costo, y sabe que corre el riesgo de seguir siendo custodiado por los mismos represores o sus compañeros. Hay muchos casos de detenidos asesinados por haber denunciado.

-¿Dónde pone el acento de su trabajo el Comité contra la Tortura en estos momentos?

Uno de los ejes es la impunidad, porque nos parece que si bien llevar a varios agentes a juicio no va a resolver el problema estructural, es una señal para que la próxima vez se cuiden. Por eso este juicio en Neuquén es importante. Si se condena a los torturadores, seguramente a futuro van a tener mucho más cuidado. También seguimos la impunidad de los jueces. El año pasado hicimos varias denuncias por su comportamiento en el cuidado de detenidos, en la tramitación de hábeas corpus. Hay 3 o 4 pedidos de jury a partir de denuncias que hemos hecho.

Por otra parte es tremendo que en Neuquén no se permita el acceso de la defensa pública y de las organizaciones de derechos humanos a los lugares de detención. Esto es una falta gravísima del gobierno provincial, que incluso va contra la Convención contra la Tortura que es un pacto internacional aprobado por nuestro país, y el Estado nacional está en mora en la implementación. Neuquén está en la prehistoria, porque no dejar entrar a los defensores públicos a los lugares de detención es algo que no se vé en otros lugares. Lo mismo con organizaciones que trabajan con el tema carcelario. El trabajo de Zainuco es ejemplar, de un compromiso, una militancia, que logró llevar adelante este juicio con grandes trabas, a pulmón.

Presentan en Neuquén el informe del CELS sobre la situación de los derechos humanos

El instituto de Derechos Humanos del Colegio de Abogados de Neuquén presentará el viernes 28 de mayo el Informe anual del CELS sobre la situación de los derechos humanos en Argentina.

Estará a cargo de Diego Morales, director de Litigio y Defensa Legal del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).

Será a las 19 en la sede académica del Colegio, Mendoza y Basalvibaso de Neuquén capital, y la actividad es abierta a todo público.

En su página web el CELS informa que “durante 2009 existieron avances en cuestiones sustantivas para la vigencia de los derechos humanos entre los que se destacan la consolidación del proceso de verdad y justicia por los crímenes de lesa humanidad, la extensión de las asignaciones familiares por hijo y la aprobación de la ley de servicios de comunicación audiovisual. Al mismo tiempo, remarca que subsisten violaciones graves de derechos humanos en cárceles y comisarías del país y llama la atención por el aumento de hechos de violencia institucional protagonizados por fuerzas de seguridad y por las regresiones en materia de políticas públicas de seguridad”.

Etiquetas:

Profesionales auxiliares de Justicia denuncian persecución sindical

23 May 2010 15:28 27 comentarios

Este comunicado se publicó sintetizado hace unos días en “Río Negro”:

“Los/as profesionales auxiliares de Justicia (trabajadores/as sociales y psicólogos/as) venimos reclamando desde hace 20 años una reglamentación de funciones y carrera judicial.

“En mayo del 2009 se elevó al Tribunal Superior de Justicia un proyecto de  reglamento de funciones y lineamientos de intervención profesional para asistentes sociales y psicólogos, elaborado por consenso de los trabajadores del sector, de las cinco circunscripciones judiciales.

“Estos reglamentos tienen como objetivo definir las intervenciones a partir de las incumbencias profesionales, evitando así pedidos abusivos por parte de funcionarios y la injerencia en prácticas que no hacen al  quehacer profesional específico.

“Consideramos que la reglamentación de funciones garantiza a la población un mejor servicio de justicia, evitando prácticas de re-victimización que vulneren los derechos de las personas víctimas de violencia familiar, maltrato infantil y abuso.

“También  elaboramos conjuntamente un proyecto de carrera judicial para el sector, ya que carecemos de pautas para el ascenso hacia el interior del Poder Judicial como cualquier otro agente judicial (funcionarios y/o empleados), ingresando y jubilándonos con la misma categoría.

“Resulta llamativo que sendos proyectos cuenten con la opinión favorable de una amplia mayoría de jueces y defensores del interior de la provincia y que aún no contemos con la aprobación definitiva de las propuestas o la convocatoria a reformular aspectos de la misma.

“Hasta la fecha no hemos recibido respuesta a este reclamo histórico y, en lugar de convocar al diálogo, la única iniciativa que toma el Tribunal Superior de Justicia es la de sancionar y sumariar en forma masiva a 16 profesionales auxiliares que están organizados y sindicalizados. Este hecho resulta inédito en toda la historia del Poder Judicial, por cuanto consideramos  que  constituye una persecución sindical”.

Etiquetas:

En 15 meses el Tribunal Superior de Justicia autorizó 18 prórrogas para dictar sentencia en juzgados civiles y laborales

21 May 2010 19:54 7 comentarios

Entre febrero de 2009 y lo que va de mayo de 2010, el Tribunal Superior de Justicia autorizó en 18 oportunidades prórrogas de 30 días (en un caso de 60) a jueces y juezas civiles y laborales para dictar sentencias.

Mi relevamiento abarca esas fechas porque utilicé como fuente los acuerdos del Tribunal que recién en febrero del año pasado comenzaron a ser publicados en Internet.

Las prórrogas fueron concedidas por tres razones:

* Porque el juzgado en cuestión estaba vacante, y las pedían los/las subrogantes.

* Porque el juez o jueza en cuestión había estado subrogando y se atrasaba en su propio juzgado.

* Porque el juez o jueza que hacía la solicitud recién había asumido en el cargo.

Aquí está el resumen, con los enlaces a los respectivos acuerdos del TSJ donde figuran los fundamentos del pedido y de la concesión:

El Acuerdo Ordinario 4330 del 11 de febrero de 2009, otorga una prórroga de 30 días a la titular del Juzgado Civil 5, Ana Mendos.

El Acuerdo Ordinario 4348 del 11 de marzo de 2009 otorga una prórroga de 30 días a pedido de Ana Mendos y Elizabeth García Fleiss, subrogantes del Juzgado Civil 4.

El Acuerdo Extraordinario 4357 del 26 de marzo otorga una nueva prórroga de 30 días al Juzgado Civil 5 de Mendos.

El Acuerdo Ordinario 4385 del 13 de mayo otorga una nueva prórroga de 30 días al Juzgado Civil 4 a pedido de las subrogantes Mendos y García Fleiss.

El Acuerdo Ordinario 4389 del 27 de mayo, concede otra prórroga de 30 días para dictar sentencia a Ana Mendos, del Juzgado Civil 5.

El Acuerdo Ordinario 4398 del 23 de junio otorga una prórroga de 30 días al subrogante del Juzgado Laboral 4, Luis Trani.

El Acuerdo Ordinario 4417 del 5 de agosto otorga una prórroga de 30 días a la jueza Mendos del Juzgado Civil 5 y de 30 días a la jueza Paula Stanislavsky, del Juzgado Civil 1.

El Acuerdo Extraordinario 4424 del 20 de agosto, concede una nueva prórroga de 30 días a las subrogantes del Juzgado Civil 4, Mendos y García Fleiss.

El Acuerdo Ordinario 4439 del 30 de setiembre otorga una nueva prórroga de 30 días a Ana Mendos, titular del Juzgado Civil 5.

El Acuerdo Ordinario 4444 del 8 de octubre otorga una prórroga de 30 días a Alejandra Bozzano, subrogante en el Juzgado Civil 4.

El Acuerdo Ordinario 4461 del 4 de noviembre otorga una prórroga de 30 días a Ana Zapperi, subrogante en el Juzgado Laboral 4.

El Acuerdo Ordinario 4462 del 11 de noviembre otorga una nueva prórroga de 30 días a Alejandra Bozzano, subrogante del Juzgado Civil 4.

El Acuerdo Ordinario 4473 del 22 de diciembre, otorga una prórroga de 30 días a Alejandra Bozzano, subrogante del Juzgado Civil 4.

El Acuerdo Ordinario 4486 del 10 de febrero de 2010 otorga una prórroga de 30 días a María Eugenia Grimau, recién asumida en el Juzgado Civil 4.

El Acuerdo Ordinario 4493 del 24 de febrero de este año otorga una prórroga de 60 días a Ana Zapperi, subrogante del Juzgado Laboral 4.

El Acuerdo Ordinario 4511 del 7 de abril vuelve a otorgar 30 días de prórroga a Grimau, titular del Juzgado Civil 4.

El Acuerdo Ordinario 4523 del 19 de mayo (último publicado) otorga una nueva prórroga de 30 días a Grimau, titular del Juzgado Civil 4.

(La foto es a mero título ilustrativo y no alude a ninguna de las magistradas mencionadas)

El Tribunal Superior le pidió un punto más de coparticipación a Sapag

20 May 2010 0:07 52 comentarios

Leo en «Río Negro»: El Tribunal Superior de Justicia le pidió formalmente al gobernador Jorge Sapag que aumente un punto el porcentaje de coparticipación que nutre el presupuesto autárquico del Poder Judicial. Así lo confirmó ayer a “Río Negro” el presidente del cuerpo, Guillermo Labate. Agregó que “se trabaja en firme sobre esa propuesta que hicimos, la reunión fue muy positiva”.

En tanto la subsecretaria general del gremio Sejun, Marisa Stagnaro, dijo que “Labate nos informó que habría alguna perspectiva de resolución de los planteos por mayor presupuesto” para el Poder Judicial.

El miércoles un grupo de militantes marcharon a la sede del TSJ. Durante la última semana lanzaron su plan de lucha que incluye quites de colaboración para presionar por una suba de haberes.

Al TSJ los trabajadores le solicitan un aumento cercano al 30%, y el pago de unos 3.000 pesos, por única vez, “a cuenta” de lo que finalmente se acuerde en una negociación.

En una primera instancia, el mes pasado el Tribunal había explicitado un severo cuadro de complicaciones financieras ante la nueva conducción del sindicato. Planteó que eso era un impedimento para poder responder a la recomposición.

Se trata de un cuadro financiero que ya Oscar Massei se había encargado de dejar en claro cuando le tocó presidir el TSJ, en 2009.

Al argumento de una sobredimensión de la planta de trabajadores incorporada durante el gobierno de Jorge Sobisch, ahora los vocales suman el progresivo detrimento de la coparticipación que reciben: pasó de representar el 6% del presupuesto de la provincia  al 3,91% en la actualidad.

Stagnaro informó que no está claro cuándo Sejun y el TSJ volverán a reunirse. En tanto, el gremio adelantó que continuará con su plan de lucha.

El encuentro oficial llega luego de que, también, mediante un acuerdo del TSJ, los vocales expresaran que “el estado actual de desfinanciamiento pone en serio riesgo la prestación del servicio de Justicia, toda vez que los ingresos no resultan suficientes para atender los gastos de funcionamiento de los diferentes organismos”.

El Bicentenario, la primera pueblada, Saavedra y el sobreseimiento a D’Elía, todo en un fallo judicial

19 May 2010 19:17 1 comentario

Leo en Diario Judicial que “la Cámara Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires confirmó la absolución del dirigente piquetero Luis D´Elía. En un fallo dividido, los jueces argumentaron que la movilización que encabezó “no es antijurídica” razón por la cual “se ejerció un derecho legítimo de peticionar, en un estricto marco constitucional, que como tal, no debe ser penalizado”. El camarista Marcelo Vázquez votó en disidencia.

Un usuario del blog rescató este párrafo del fallo, correspondiente al voto del juez José Sáez Capel:

“En un Estado Constitucional de Derecho como el nuestro, la libertad de expresión no parece que en principio pueda ser limitada por una previa notificación administrativa a la autoridad, sin que tal restricción no comporte una indebida lesión al núcleo fundamental de la Constitución (art. 1, 14, 28 y 33).

“Cierto es que los derechos constitucionales no son absolutos, empero parece ser cierto también que obstruir el derecho a la libertad de expresión, reunión y petición pacífica, pongan de manifiesto un estado de necesidad (no penal) extremo y casi terminal, en modo alguno condice con ningún interés público, máxime que una de las consecuencias pueda ser apta para vaciar de contenido el derecho a la libertad, en tanto dicho derecho se muestra como aglutinador y vehiculizador de otros derechos constitucionales de quienes se manifiestan, sin duda alguna, de innegable trascendencia para el desenvolvimiento de la institucionalidad republicana.

“Pensar lo contrario, hubiera sido como, que al Cabildo de Buenos Aires, le hubiera tenido que notificar el abogado  Joaquín Campana –casi un ignoto en nuestra historia– cuando el 5 de abril de 1811, acaudillando una riada de gauchos, indios, mulatos y orilleros provenientes  de la campaña y  de los entonces suburbios plebeyos de la ciudad se presentó en la Plaza de la Victoria (hoy Plaza de Mayo) en apoyo del coronel Cornelio Saavedra y los suyos.

“Esa fue la primera real manifestación política de nuestra historia patria, manifestación, pueblada o como se la quiera llamar, que 134 años después tendría su expresión mayor en el 17 de octubre de 1945”.

(Gracias Walter)

FALLO D’ELIA

Etiquetas:

La Corte Suprema limitó el uso de los decretos de necesidad y urgencia. Fallo completo

Leo en el Centro de Información Judicial: Con la opinión coincidente de todos sus ministros, el Tribunal sostuvo que los Decretos de Necesidad y Urgencia fueron establecidos para atenuar el presidencialismo y que, por lo tanto, su uso por parte del Poder Ejecutivo debe ser limitado.

“El texto de la Constitución Nacional no habilita a elegir discrecionalmente entre la sanción de una ley o la imposición más rápida de ciertos contenidos materiales por medio de un decreto”, dijeron los jueces.

La sentencia -con la firma de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt,  Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni, Carmen Argibay y Enrique Petracchi- fue dictada en la causa “Consumidores Argentinos c/ EN –PEN- Dto. 558/02 –ley 20.091 s/ amparo ley 16.986”, y declaró la inconstitucionalidad del decreto 558/02 del 27 de marzo de 2002 que modificó la ley 20.091 de entidades de seguros.

CSJN Y DNU

Etiquetas:

Suspendió el Tribunal Superior de Justicia las evaluaciones a los magistrados y funcionarios

19 May 2010 12:15 17 comentarios

El Tribunal Superior de Justicia suspendió las evaluaciones de los magistrados, al hacer lugar a un amparo presentado por la Asociación de Magistrados.

Consideró que la evaluación “pone en riesgo la garantía de inamovilidad e independencia de los jueces y funcionarios judiciales”.

Además rechazó la pretensión del consejero Gustavo Olivera de ser tenido como parte en el proceso.

Y aceptó por mayoría (con disidencia de Ricardo Kohon) la excusación de la vocal Graciela Martínez.

Más abajo pueden descargar el texto completo, cuya parte resolutiva señala:

1º) Rechazar in límine el pedido del Consejero Dr. Gustavo Olivera de ser tenido por parte en estos autos y, en consecuencia, ordenar el desglose y devolución del escrito de fs. 101/109 y la documental que allí se adjunta.
2º) Aceptar la excusación formulada a fs. 111 por la Dra. Lelia Graciela Martínez de Corvalán.
3º) Tener presente lo manifestado por las Dras. Cecilia Pamphile y Luisa A. Bermúdez y hacerles saber que deberán continuar su intervención en los presentes.
4º) Suspender la vigencia del Art. 28 de la Ley 2.533 y del “Reglamento de Evaluaciones de Idoneidad y Desempeño de Magistrados y Funcionarios Judiciales” dictado por el Consejo de la Magistratura, hasta tanto se resuelva el fondo de la cuestión, previa caución juratoria que deberán prestar los accionantes en estos autos, en tiempo y forma hábiles.
5º) Imponer las costas en el orden causado en atención a lo dispuesto en el considerando XIII (Arts. 69 del C.P.C y C. y 11 de la Ley 2.130)

Entre los argumentos, señaló el Tribunal Superior que “prima facie se vislumbra que la evaluación periódica de magistrados y funcionarios prevista en la normativa impugnada pone en riesgo la garantía de inamovilidad e independencia de los jueces y funcionarios judiciales consagrada en los Arts. 110, 115 y 120 de la Constitución Nacional, 229 de la Constitución Provincial, 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos y 26 de Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre”.

“El régimen aludido deja abierta la posibilidad de que los miembros del Poder Judicial comprendidos sean sometidos a un “estado de evaluación permanente”. Ello surgiría, prima facie , del “seguimiento” dispuesto en el Art. 25 del REID y de la periodicidad prevista, tanto en el Art. 11 del citado Reglamento como en el Art. 28 de la Ley 2.533. Periodicidad que sólo establece una frecuencia mínima de cuatro años, pero no obsta a que el proceso se active cuantas veces se desee”.

“La situación reseñada conllevaría una inadmisible presión a la que podrían verse sometidos jueces y funcionarios, la cual muy probablemente afectará su desempeño, con el consiguiente impacto en el servicio de justicia”.

“Y esa indeseable consecuencia colisionaría frontalmente, además, con las normas constitucionales invocadas por los actores, que establecen y garantizan el sistema republicano de gobierno, mediante la división de los poderes del Estado, la independencia del Poder Judicial, y la inamovilidad de jueces y funcionarios. También, quebrantaría el propio objeto y finalidad perseguido en el Reglamento en cuestión, en cuanto dice propiciar y contribuir en todo momento a “la calidad del servicio de justicia preservando la dignidad e independencia de las personas que lo prestan” (Art. 1º)”.

Con un click aquí encontrarán todas las notas publicadas sobre el tema.

SUSPENSION DE LAS EVALUACIONES

Violaciones colectivas (a propósito de lo sucedido en General Villegas)

18 May 2010 21:05 1 comentario

El blog vuelve a esquivar su costumbre de no publicar colaboraciones externas para hacer lugar a esta nota.

Por Ruth Zurbriggen

Palabras como indignación, repulsión, atragantamiento no alcanzan.

Y no encuentro tampoco otras muy adecuadas para describir los sentimientos que me produjo escuchar, ver y leer acerca de la defensa de tres varones adultos violadores de una joven de 14 años, en la localidad de General Villegas.

Desnudan –una vez más- que la humanidad se cimienta también sobre autoritarismos y colonizaciones, que en el caso de los cuerpos de mujeres (adultas, jóvenes y niñas) están anquilosados en lógicas patriarcales. Lógicas que por momentos parecen indestructibles. Y, lo que es peor aún, se puede hacer alarde de ellas burdamente. No hay, ni siquiera, la hipocresía de “lo políticamente correcto” en funcionarios como el intendente de la localidad que sin empacho dice que la chica es “rapidita”; que “si tuvo sexo con tres hombres a la vez es porque algún problema tiene”. La defensa pública realizada por la pareja de uno de los abusadores vuelve a traer al escenario una de nuestras constantes insistencias como activistas feministas ocupadas en pensar y reflexionar sobre las intrincadas maneras en que los pactos con la masculinidad se nos hacen carne y subjetividad día a día. El patriarcado se ejerce por coerción.  Pero también por consentimiento, y quizás aquí reside gran parte de su fuerza. Casi imperceptible se nos cuela y anida en los tejidos de nuestros cuerpos; desde allí resulta posible condenar a las víctimas y no a los abusadores.

Tres varones adultos ejercen abusos sexuales sobre una joven de 14 años. Tres varones adultos llevan al extremo su hombría y hacen alarde de ese delito difundiendo un video con la hazaña. Para algunos sectores de General Villegas la responsable es la joven víctima y su familia que no supo cuidarla. Otra vez, la presencia de los sentidos de la dictadura militar para ejercer su terrorismo de estado en este país (“algo habrán hecho”, “¿usted sabe dónde están sus hijos ahora?”). Esta vez para ejercer terrorismo sexual.

En el intento por extrañarme de estas imágenes e intentar pensar más allá de lo dado, volví a revisar algunos textos.  En “El contrato sexual” la feminista Carole Pateman[i] vertebra una tesis aguda y elocuente;  para ella el contrato (social) no explica el origen de toda la vida social. El contrato establece una comunidad de hombres libres e iguales pero para que hombres libres e iguales puedan construir un orden social nuevo debe haberse firmado previamente un contrato sexual a partir del cual los varones regulen el acceso sexual al cuerpo de las mujeres. El contrato sexual instaura una relación de subordinación de las mujeres respecto de los varones, de modo tal que cuando se firma el contrato social, las mujeres estamos excluidas de él como sujetos.

Aunque los tres varones abusadores/violadores en este caso son adultos, bien vale traer a la memoria que la historia muestra y enseña que a lo largo de los siglos las violaciones colectivas han sido un instrumento válido para el proceso de iniciación sexual de los hombres; ritos colectivos de virilidad y hombría que vienen a educar acerca del papel de mujeres y varones en diferentes sociedades.  Mediante estas violaciones los patriarcas, los páteres, imponen a “sus mujeres” un esquema de relación entre los géneros anti-igualitario, heterosexista, de supremacía masculina. La violación da origen, según Pateman, a la primera Ley, la ley del estatus: la ley del género.

Quiero insistir sobre nombrar lo que pasó en Villegas como violación, porque tengo la presunción que bajo el rótulo de abuso sexual se suelen arrastrar imágenes de menor valor, en tanto pareciera un acto de menor fuerza.  La antropóloga Rita Segato [ii], dice que “en un sentido metafórico, pero a la vez literal, la violación es un acto canibalístico, en el cual lo femenino es obligado a ponerse en el lugar de dador: de fuerza, de poder, de virilidad” (2003: 31). Sostiene que la violación se percibe como un acto disciplinador, moralizador, vengador contra la mujer genéricamente abordada (¿acaso esa “rapidita”, que no sería rígidamente moral es susceptible del castigo de la violación?).

Segato también esgrime que la violación es un acto semiótico público. Escribe: “Además de ser violencia física y asesinato psicológico, la violación es también un acto de lenguaje corporal manifestado a otros hombres a través de y en el cuerpo de una mujer” (2003: 32).  Demostración de fuerza ante una comunidad de pares.

En el caso de General Villegas, podemos suponer que hubo y hay demostración de fuerza colectiva sobre toda una comunidad. Entendida como un acto revelador de significados la violación va dirigida a la sociedad en su conjunto. Y lo que aterra en el ejercicio del terrorismo sexual es que los victimarios –quienes no violan en soledad- encuentren partícipes solidarios/as con sus actos. Violaciones colectivas, acompañadas de otras presencias, materiales o simbólicas, pero presencias al fin.

Las manifestaciones callejeras en General Villegas (las llamadas “marchas al revés” más allá del número al que convoquen); las declaraciones públicas del intendente culpabilizando a la víctima; la dilación para detener a los responsables de los abusos sexuales, pese a los pedidos del fiscal que entiende en la causa;  el abordaje “del espectáculo” que hacen algunos medios de prensa sobre estos hechos; la falta de  implementación de la educación sexual y erótica con perspectivas de género, que colaboren en el empoderamiento de las jóvenas y promueva otras relaciones entre los géneros; constituyen caldo de cultivo para que las violaciones a los derechos humanos de las mujeres sigan siendo parte del paisaje social y cultural.

Neuquén, 16 de mayo de 2010

ruthlibertaria@speedy.com.ar

Activista de la Colectiva Feminista La Revuelta (www.larevuelta.com.ar). Maestra, profesora y Especialista en estudios de las mujeres y de género. Trabajadora de la educación en el Instituto de Formación Docente Nº 12 (Neuquén).


[i] Pateman Carole (1988): El contrato sexual. Barcelona. Anthropos.

[ii] Segato Rita (2003): Las estructuras elementales de la violencia. Buenos Aires. Prometeo-Universidad Nacional de Quilmes.

Juez y fiscal para el juicio contra Sobisch, se buscan

¿Qué juez se hará cargo del juicio oral contra Jorge Sobisch por abuso de autoridad?

El expediente de la causa de la zona liberada, en la que está imputado el ex gobernador, llegó hoy al juzgado Correccional 1.

En los hechos ese organismo está vacante porque su titular Alejandro Cabral fue designado interino de la Cámara Criminal Primera.

La subrogante natural es María Antonieta Gagliano, la jueza que en cierto modo ya intervino en esta desdoblada causa: fue cuando sobreseyó a Carlos Zalazar y Moisés Soto por abstención de acusación del fiscal Ignacio Di Maggio (ver aquí).

Ese juicio contra el ex jefe y el ex subjefe de la Policía se realizó a fines de diciembre del año pasado, y ese día Di Maggio anticipó que no acusaría a Sobisch, lo cual hizo efectivo en febrero pasado (ver el enlace anterior).

¿Gagliano tiene que apartarse, porque debe considerarse que ya tomó conocimiento del expediente?

En realidad la jueza no tuvo oportunidad de pronunciarse sobre el fondo porque no existió acusación fiscal y la orden de Sobisch a la Policía ni se mencionó en el debate. Pero sí tuvo una activa participación en, por ejemplo, el interrogatorio al único testigo convocado, que es a la vez querellante: el ex comisario Leonel Seguel.

Por lo delicado de la cuestión en debate, sería una medida higiénica que se aparte. De lo contrario lo más probable es que la querella la recuse.

En el orden de subrogancia le seguirían los jueces Penales del Niño y el Adolescente.

Otra cuestión a despejar es quién será fiscal en la causa. Dos ya se pronunciaron por el sobreseimiento de Sobisch: el mismo Di Maggio y Gloria Lucero (ver aquí).

¿Le tocará a algún fiscal de Cámara? Salvo María Dolores Finochietti, la querella tiene motivos para recusar al resto.

De acuerdo con la velocidad con que se resuelvan estas cuestiones, el juicio podría realizarse antes de fin de año.

(La ilustración es de Juan José González Kehler, pueden ver su blog aquí)

Etiquetas: ,

Grecia-España 2010, Argentina 2001, informes de TVR y de Visión 7 Internacional

Y aquí está el informe de Visión 7 Internacional sobre la crisis griega.

Bonus track para los interesados en el tema: esta nota en el blog La Ciencia Maldita con el efectista título «¿Queremos que se hunda España?».

Etiquetas:

Procesamiento de Mauricio Macri: texto completo

El punto 9, parte resolutiva, del fallo de 641 páginas del juez Norberto Oyarbide dispone:

“Dictar el procesamiento sin prisión preventiva de Mauricio Macri (…) por considerarlo “prima facie” coautor penalmente responsable de los delitos previstos en los Arts. 153 (redacción Ley 23.077), 248 y 293, en una oportunidad, en concurso real con el delito previsto en los Arts. 153 incisos 2° y 4° y 293 del código de fondo, en una oportunidad. Asimismo, ambos concurren materialmente con el delito de asociación ilícita en calidad de miembro, figura prevista en el Art. 210 del Código Penal de la Nación. (Arts. 306, 310 y ccdtes. del C.P.P.N. y Arts. 45, 54 y 55 del Código Penal).-

El punto 10 manda “trabar embargo sobre sus bienes y dinero hasta cubrir la suma de 250.000 pesos”.

El fallo completo, que pueden descargar más abajo, fue publicado hoy por el Centro de Información Judicial sobre el cual llovieron críticas durante el fin de semana debido a que solo había subido al sitio la parte resolutiva.

El domingo, Página 12 publicó esta nota de Irina Hauser y Raúl Kollman, quienes tuvieron acceso anticipado a los detalles del fallo.

En el encabezamiento, los periodistas señalan:

“El juez Norberto Oyarbide dedicó 70 páginas de su fallo a analizar la situación particular de Mauricio Macri en la causa. La lógica del procesamiento es que el jefe de Gobierno porteño introdujo en su administración una asociación ilícita que venía de antes, conducida por Jorge “Fino” Palacios y Ciro James, dedicada al espionaje ilegal.

El gobierno Macri le dio cobijo, medios logísticos, la designación en el Ministerio de Educación y una suma mensual de 6.000 pesos que no tuvieron justificación.

La defensa del jefe de Gobierno apelará ante la Cámara Federal que, estimativamente, resolvería el recurso en menos de un mes. De todas maneras, fue esa misma Cámara –Eduardo Freiler, Eduardo Farah, Jorge Ballestero– la que le ordenó a Oyarbide que avance en la investigación y hasta le dijo que no se trataba de casos aislados de escuchas sino de una verdadera organización paraestatal de espionaje”.

PROCESAMIENTO DE MACRI

Etiquetas:

Están las notas de los exámenes a los candidatos a fiscal de Delitos Juveniles y a juez penal del Niño

16 May 2010 15:26 8 comentarios

Para fiscal:

Para juez:

Click sobre los cuadros para verlos más grandes.

Un muy detallado informe sobre los exámenes está publicado en la página de Convocatoria Neuquina.

Las entrevistas personales serán el 31 de mayo y el 1 de junio.


Sapag decretó que la educación es un «servicio público esencial»: texto completo

15 May 2010 23:38 8 comentarios

Leo en 8300 que el gobernador Jorge Sapag intenta apagar el incendio con un decreto: firmó el 735/10 que impone medidas de emergencia para garantizar la educación en todos los establecimientos de la provincia.

La norma, que pueden descargar más abajo en formato word, establece un “régimen mínimo de planteles en los establecimientos educativos” que garanticen la apertura de todas las escuelas y la permanencia de alumnos en ellas durante toda la jornada escolar, así como el cumplimiento del dictado del 50 por ciento de las clases, como mínimo, en todas los niveles y modalidades del sistema.

También determina que en las escuelas especiales, escuelas hogares y albergues, y las que cuenten con comedores, deberá garantizarse “la apertura del establecimiento educativo y la permanencia de los alumnos con la debida asistencia integral, durante torda la jornada escolar y el cumplimiento en cada jornada educativa integral, en todos los niveles y en todas las modalidades del sistema educativo provincial, del 100% del dictado de clases y todo tipo de actividad que corresponda a los centros educativos de estas características”.

Establece que en caso de que no se cumpla con lo dispuesto “la autoridad competente en materia educativa, podrá convocar personal docente y no docente ad hoc y podrá habilitar en su caso establecimientos educativos por los mecanismos que estime pertinentes”.

DECRETO 735/10

Etiquetas: ,

Y si de subrogancias se trata, los juzgados de Familia tienen lo suyo

14 May 2010 19:39 19 comentarios

En el último acuerdo del Tribunal Superior de Justicia correspondiente a la reunión del 12 de mayo (click aquí), el punto 5 se refiere a la subrogancia alterna del juzgado de Familia 2 de Neuquén capital.

Las/los titulares del resto de los juzgados propusieron los períodos con fechas de inicio y finalización en los que cada uno subrogará el mencionado organismo, “en forma quincenal y alternada, a fin de no recargar sobre uno solo de los Magistrados la tarea en cuestión, en función de la temática que nos ocupa”.

El Tribunal Superior expresó al respecto que en otras oportunidades ha resuelto, con fundamento en las circunstancias excepcionales de cada caso, disponer una variación del régimen previsto en la Ley Orgánica para las subrogancias, cuando las razones de servicio y demás elementos de cada situación, así lo han aconsejado en función de la correcta prestación del servicio.

Lo que se resolvió fue que «a partir del 17 de mayo hasta la reincorporación de la titular del Juzgado de Familia 2, la subrogancia de dicho organismo sea alternada entre los titulares de los Juzgados del Fuero en forma quincenal».

Labate dice que son un ahorro las subrogancias en la Cámara Civil de Zapala

14 May 2010 19:30 1 comentario

La cuestión de las subrogancias en la Cámara Civil de Zapala (ver post siguiente) dio origen a este comunicado del presidente del Tribunal Superior de Justicia, Guillermo Labate:

“El Presidente del Tribunal Superior de Justicia informa que, ante la situación suscitada por las vacancias producidas en la Cámara de Apelaciones en lo Civil de Zapala, se propició la fusión de los organismos de alzada de la III Circunscripción.

Así, por Acuerdo N° 4300 punto XII de fecha 20 de agosto de 2008 (no está en la web) y posteriormente por Acuerdo N° 4387 Punto VI de fecha 20/05/2009 (ese sí, click aquí), se remitieron sendos proyectos de ley a tal fin.

Ello, a la luz de los datos estadísticos que señalaban una merma de trabajo luego de la creación de la Cámara Multifueros en San Martín de los Andes y la de Cutral Co.

Atento a que, hasta la fecha, no se ha dado tratamiento al pedido, resultó indispensable dar cobertura a las necesidades del servicio a través del mecanismo de subrogancia previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Cabe aclarar que tal modalidad, implica un ahorro de una cifra cercana a los 40.000 pesos mensuales, respecto del costo que tendría el pago de los salarios de los mismos cargos, cubiertos en forma permanente.

Por otro lado, la cifra aludida por los representantes del Colegio de Abogados de Zapala en declaraciones periodísticas como “embolsada mensualmente” por un camarista con ejercicio de subrogancia legal –es decir, desempañando las dos tareas- no se ajusta a la realidad dado que tal cifra correspondería, eventualmente, al ejercicio de 10 meses de subrogancia”.

Abogados de Zapala, duros con el régimen de subrogancias de la Cámara Civil

13 May 2010 20:51 40 comentarios

Leo en el diario que el Colegio de Abogados de Zapala cuestionó el régimen de subrogancias que se aplica en la Cámara Civil de Apelaciones de la localidad y que “les permite embolsar alrededor de 40.000 pesos mensuales” a quienes se benefician.

El Colegio emitió un comunicado con las firmas de su presidente José María Díaz Villar y su tesorero, Juan Martín López.

Calificó de “altamente inconveniente” la manera en que se estableció la subrogancia a cargo de Oscar Rodeiro y Enrique Modina al asegurar que “el Poder Judicial continuará realizando exageradas erogaciones salariales cuando, según opiniones de los mismos camaristas, el cúmulo de causas que se tramitan en las dos cámaras zapalinas de ninguna manera importa sobrecargar a los magistrados a punto tal que justifique que deba subrogar las vacantes civiles por el prolongado plazo de 30 días”.

El reclamo fue presentado meses atrás con el aval del Colegio de Chos Malal ante el Tribunal Superior de Justicia y el Consejo de la Magistratura sin obtener respuestas oficiales.

Los alcances del conflicto se remontan al año pasado cuando el Colegio planteó ante los magistrados zapalinos la posibilidad de llevar adelante un reclamo conjunto ante el TSJ a fin de que se arbitren los medios para garantizar, al menos, el nombramiento de dos camaristas que permitan elevar a cinco el plantel y garantizar una división de tareas entre el fuero civil y el penal.

“En aquel momento el doctor Rodeiro nos dijo que le parecía inmoral impulsar un pedido de esa naturaleza debido la escasa cantidad de causas que tenían bajo su órbita” aseguró López.

Dijo que “nos parece una falta de ética que por un lado rechacen el nombramiento de otros profesionales y al mismo tiempo coordinen un régimen de subrogancia que les permite embolsar alrededor de 40.000 pesos mensuales”.

Según las cifras que maneja el Colegio de Abogados, en lo que va del año la Cámara Civil de Apelaciones solo emitió “ocho o nueve” sentencias y todas resultaron “confirmatorias”.

“Resulta grave que, además de generar un gasto innecesario al Poder Judicial, esto no se vea reflejado en una mejora en la calidad del servicio” sostuvo López.

Los abogados plantearon que las subrogancias se realicen por lapsos de 14 días para adecuarse a las “notorias dificultades económicas de la justicia neuquina advertidas por el vocal del TSJ, Oscar Massei, en declaraciones públicas donde mencionó un posible colapso”.

El colegio sostiene que sería más económico nombrar a un camarista que seguir sosteniendo el esquema actual de suplencias.

La nueva ley de Jurado de Enjuiciamiento impacta sobre los siete procesos en marcha

12 May 2010 20:51 1 comentario

La entrada en vigencia de la nueva ley de Jurado de Enjuiciamiento provocará algunos trastornos en los siete pedidos de jury contra diez magistrados y funcionarios cuya admisibilidad aún no fue resuelta.

Uno de los cambios sustanciales en la ley, cuyo texto completo pueden descargar al final del post, es el referido a quién declara la admisibilidad o no de las denuncias.

Hasta ahora lo hacían los siete integrantes del Jurado. Reforma mediante, esa responsabilidad es de una comisión integrada por un vocal del Tribunal Superior de Justicia que no sea ninguno de los tres que integran el Jurado (los otros dos miembros son un diputado y un abogado también ajenos).

Estuve repasando el estado de los siete pedidos de jury cuya admisibilidad aun no fue definida, según se publica en la página del Poder Judicial.

Es evidente que van a necesitar subrogantes o conjueces para analizar la admisibilidad de más de uno. A menos que con rapidez el gobernador proponga y la Legislatura designe al quinto vocal.

Este es mi repaso.

Expediente 25/09: Oscar Domínguez y Marta Bailon. El Jurado lo integran por el TSJ los vocales Massei, Kohon y Labate, mientras que Martínez está excusada. Habrá que designar un representante del TSJ que forme parte de la comisión que estudiará la admisibilidad.

Expediente 26/09: Mirtha Felau. Como en el anterior, el jurado lo integran Massei, Kohon y Labate; Martínez está excusada.

Expediente 23/09: Nancy Vielma y Paula Stanislavsky. Ídem situación de los dos anteriores.

Expediente 24/09: Marisa Czajka y Santiago Terán. Lo integra Massei con Tomás Gavernet y José Andrada como subrogantes; mientras que Labate, Kohon y Martínez están excusados.

Expediente 28/09: Raúl Gaitán. Massei y Labate integran el jurado, Martínez está excusada. En la página web no hay información sobre la situación de Kohon.

Expediente 29/10: Federico Sommer. Ídem situación del expediente anterior.

Expediente 27/09. Ana Lía Zapperi. El Jurado lo integran Massei, Kohon y Labate, Martínez está excusada.

La ley dice en su artículo 3: “las disposiciones contenidas en la presente ley serán aplicables a todo proceso en trámite en el que no se haya dictado la admisibilidad”, lo que alcanza a todos los casos mencionados.

Les dejo el texto completo de la ley y la versión taquigráfica de la sesión legislativa en la cual fue aprobada en general, con Marcelo Inaudi como miembro informante, y el apoyo de Horacio Rachid, Ariel Kogan y José Russo (ver de la página 51 a la 64).

LEY DEL JURY

VERSION TAQUIGRAFICA

(Aclaración: al momento de escribir este post la ley aún no está promulgada pero es inminente que eso suceda, y no creo que el gobernador la vete).

El aborto en debate: charla con el juez Martín Lozada en Neuquén

Etiquetas:

Massei opina en Facebook que la Auditoría del Poder Judicial debería investigar el desempeño de fiscales y jueces de instrucción

11 May 2010 23:43 17 comentarios

El interesante diálogo que ilustra este post (click en la imagen para verlo más grande) se dio en el muro del vocal Oscar Massei en Facebook, y lo descubrí gracias a una de las incansables colaboradoras de este blog.

La pregunta que le formulan al vocal del Tribunal Superior de Justicia se relaciona, entiendo, con dos fallos que dejaron muy poco conformes a los familiares de las víctimas y en los cuales los jueces criticaron con aspereza el desempeño del fiscal.

Primero fue el caso Hermosilla Soto, fallo dictado por la Cámara Primera, y pocos días atrás en el caso Jadra, en un fallo de la Cámara Segunda.

La información estaría incompleta si no dijera que en ambos casos el fiscal fue Pablo Vignaroli, quien sorteó un pedido de Jurado de Enjuiciamiento por su desempeño en otras causas vinculadas con hechos de presunta corrupción, y que Massei fue uno de los tres vocales del Tribunal Superior de Justicia que votó por la admisibilidad de las denuncias en contra del fiscal.

Y más allá del tema concreto del que se trata, esta es una demostración de cómo los responsables de los poderes del Estado pueden usar las redes sociales para responder a las inquietudes de la comunidad.

El curioso caso de los concursos «mellizos» en el Consejo de la Magistratura

11 May 2010 16:33 6 comentarios

Seguramente debido a un error, el Consejo de la Magistratura llamó a dos concursos número 30, ambos para elegir camarista pero de distinto fuero.

Mediante la acordada 26 del 4 de mayo publicada en la página oficial (click aquí), se llamó al concurso 30 para elegir a un juez destinado a la Cámara Criminal Primera.

Aquí hay un pequeño extracto del texto legal:

Por la acordada 27 (click aquí) el Consejo de la Magistratura llama al concurso 30 pero es para elegir un juez destinado a la Cámara Civil de Neuquén.

En la sección “concursos publicados” sólo figuraba hasta el momento de publicar este post el que convoca a elegir un juez para la cámara criminal, con el número 30.

¿Cuántos se anotarán para ser camarista penal en Neuquén capital?

10 May 2010 18:40 7 comentarios

Los concursos para cubrir cargos de camarista han tenido un errático comportamiento en la corta historia del Consejo de la Magistratura.

La reflexión me parece oportuna porque acaban de llamar a inscripción para cubrir un cargo de juez con destino a la Cámara Criminal Primera de Neuquén capital.

¿Cuántos se anotarán?

La primera vez que el Consejo de la Magistratura convocó a cubrir un cargo de camarista fue en el concurso 4, para la Cámara Provincial de Apelaciones.

En esa ocasión se anotaron 12 participantes, aunque el orden de mérito definitivo lo integraron 9. Hubo un desgranamiento de tres concursantes.

El concurso 12 quedará en la historia por muchos motivos. En lo que aquí interesa aludimos a la cantidad de inscriptos: 14, aunque sólo la mitad formaron parte del orden de mérito definitivo. Fue el concurso para elegir tres camaristas para la Cámara de Todos los Fueros de San Martín de los Andes.

El siguiente llamado para cubrir un cargo de camarista fue mediante el concurso 17, destinado a la Cámara del Crimen de Zapala.

Hubo apenas cuatro anotados, uno de los cuales desertó.

Similar fue el destino del concurso 25 para elegir un juez destinado a la Cámara de Todos los Fueros de Cutral Co: concitó el interés de apenas 5 participantes, y el orden de mérito definitivo lo establecieron apenas 2.

En enero de 2009 traté en el blog un tema parecido, pueden verlo en este post porque un usuario propuso comparar la cantidad de candidatos que se presentan en el interior y en capital para cubrir cargos judiciales. Está desactualizado, pero ya marcaba una tendencia.

Vuelvo a la pregunta del comienzo: ¿cuántos se anotarán para la Cámara Primera de Neuquén capital? Y si alguien tiene ganas de responder al interrogante, sería adecuado que opine sobre los por qué.

Resultado provisorio de la elección de intendente en Picún Leufú

Por qué hay que ir a ver a quienes rinden examen como candidatos a juez y a fiscal de delitos juveniles

9 May 2010 15:34 5 comentarios

La situación de los/las niños/niñas y adolescentes en Neuquén es gravísima.

Quizá haya discrepancias sobre las causas pero la conclusión final es territorio común de todas las hipótesis.

Los que estén interesados en hacer algo concreto, además de hablar del tema, tienen una oportunidad: el lunes 10 comienzan los exámenes escritos y orales a los candidatos a juez penal del Niño y el Adolescente y a fiscal de Delitos Juveniles.

¿Qué mejor que ir al Consejo de la Magistratura para conocer las capacidades y posturas de los candidatos? Ya pueden agendar las entrevistas personales: serán el 31 de mayo y el 1 de junio.

Los funcionarios que ganen estos concursos estarán en la puerta por la que niños, niñas y adolescentes ingresan al sistema penal. Les tocará intervenir a raíz de un fracaso social del que participamos todos, porque de otra manera jamás un chico debería pasar por tal circunstancia.

Quizá muchos de estos menores de edad conocieron antes a otros organismos del estado, y no necesariamente me refiero a la escuela.

El sistema penal no será el mejor de los mundos que conozcan. Pero si quienes se encargan de su situación son las personas adecuadas, existe al menos una oportunidad de que su tránsito no sea el camino hacia otro peor aún.

El lunes 10, a partir de las 8:30, será el examen escrito a los candidatos a juez, que rendirán oral el jueves 13.

El martes 11 y el miércoles 12 rendirán escrito y oral, respectivamente, los candidatos a fiscal.

Las listas de concursantes, según el orden de mérito por antecedentes, son las siguientes:

Para juez:

Para fiscal:

Tres fallos judiciales ordenan exhibir a un periodista los decretos secretos de la época de Sobisch

El año 2004 fue clave en la historia de la provincia.

El entonces gobernador Jorge Sobich lanzó su candidatura presidencial en alianza con Mauricio Macri, y convirtió a la seguridad en uno de los ejes de su campaña, al mismo tiempo que iniciaba la demolición del Poder Judicial para reemplazarlo por otro.

Sobisch gastó 50 millones de dólares en un Plan Integral de Seguridad (PIS) en contrataciones directas dispuestas por decretos secretos (el monto lo dijo en una entrevista con Mariano Grondona).

En una sesión legislativa de ese año, los diputados le preguntaron al entonces ministro de Seguridad, Luis Manganaro, si era cierto que habían comprado equipamiento tecnológico para la intercepción de telefonía móvil y fija.

El ministro contestó “con una jerga que me estoy acostumbrando a usar: negativo”. Y agregó: “sí vamos a adquirir equipamiento. Lo que no voy a dar es ningún tipo de detalle, porque no voy a cometer la torpeza estratégica de avisarles a los delincuentes con qué tipo de características técnicas les voy a pinchar las grabaciones telefónicas. El éxito de mi gestión es meter presos a los delincuentes, no contestarle a usted cosas que no puedo contestar porque son reservadas”.

Hay que recordar que 2004 fue el año de la desaparición del estudiante universitario Segio Ávalos, de quien aún se desconoce el paradero, de las torturas en la Unidad 11 que se están juzgando en estos días, y de muchos otros delitos y crímenes que no bajaron pese al gasto que se dice que se hizo en seguridad. Y hasta se debe tener presente que tanta compra de armas terminó, tres años después, con la más terrible represión de la historia de la provincia y la muerte de Carlos Fuentealba.

La cuestión es que al periodista Jorge Gadano le pareció que correspondía hacer público el contenido de esos decretos de compra directa que el gobierno mantiene en secreto.

Tras pedirlo sin obtener respuesta, presentó un recurso de amparo que fue resuelto favorablemente en tres instancias porque el Estado apeló sucesivamente a medida que perdía.

Al final de este post encontrarán un enlace para descargar los tres fallos en formato word.

El de primera instancia, dictado por la jueza Paula Stanislavksy, tiene algunos párrafos para rescatar.

Por ejemplo, cuál fue uno de los argumentos del Estado neuquino para negarle la información a Gadano: “El derecho a la información pública no es ilimitado y que razones de secreto o confidencialidad pueden limitarlo, tal lo sucedido con relación al expediente de marras, ello en virtud de la confidencialidad que dice dimana del Decreto 007/005, ley nacional 24.059 (Sistema de Seguridad Interior), leyes provinciales 1957 (que adhiere a la ley 24059) y 2294 y lo normado por el art. 75 inc.s del Reglamento de Contrataciones de la Provincia”.

La jueza respondió: “La negativa de acceso a la documentación requerida resulta arbitraria e ilegítima, no sólo por el interés legítimo reconocido al actor, sino  porque, como se viera, en estos obrados no resulta acreditada la existencia de motivos insoslayables y precisos que hagan a la seguridad del Estado, atento el tenor –reitero- de la información que se pretende sea exhibida”.

Y le manda un mensaje a los legisladores: “Un punto importante a desentrañar es la determinación de la autoridad competente para establecer las limitaciones al acceso. En nuestro derecho, la ausencia de disposiciones constitucionales expresas y de una ley marco que regule el acceso a la información ha provocado que este último punto no tenga una definición clara y precisa. Así, algunas de las restricciones son de índole constitucional, mientras que otras han sido instituidas por la legislación, e incluso por la vía del decreto, situación que podría teñir de precariedad su regulación”.

La cuestión es que aun hoy, con un fallo del Tribunal Superior de Justicia a favor, Gadano no pudo acceder a los decretos.

La imagen es de 8300.

GADANO FALLO CIVIL 1

GADANO FALLO CAMARA

GADANO FALLO TSJ

Lorenzetti respondió en Facebook que su reunión con Magnetto fue protocolar

Ricardo Lorenzetti contestó en su sitio en Facebook, después de varios días y de decenas de mensajes que se lo pedían, que su reunión con la Asociación Empresaria Argentina fue de carácter protocolar. Y que el encuentro había sido informado en el sitio de prensa oficial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

(Click en la imagen para verla más grande)

Etiquetas: ,

Está en serio riesgo la prestación del servicio de justicia en Neuquén, dice el Tribunal Superior

6 May 2010 14:34 5 comentarios

La prestación del servicio de justicia se encuentra “en serio riesgo” por problemas presupuestarios, informó oficialmente el Tribunal Superior de Justicia en su página web.

Por eso su presidente Guillermo Labate, el primer (¿y único?) de los vocales elegidos por Jorge Sapag, pedirá una audiencia con el gobernador para transmitirle la “preocupación institucional” por esta situación.

La nota completa del Poder Judicial dice:

“Atento al informe efectuado por el Administrador General sobre la situación financiera del Poder Judicial y en el entendimiento de que resulta necesario instrumentar canales de diálogo a fin de encontrar soluciones a los inconvenientes económicos presentados y a fin de transmitir la preocupación institucional por tal situación, el Tribunal Superior de Justicia resolvió gestionar una reunión entre el Gobernador de la provincia y el Cuerpo en pleno, incluidos los Ministerios Públicos.

El Punto 7, del Acuerdo N° 4519, expresa que “la ausencia de aprobación legislativa del presupuesto del año 2010 (…) sumada al significativo detrimento que ha tenido el ingreso de fondos en concepto de coparticipación –de los que se nutre el Poder Judicial-, ha generado una situación financiera que necesita ser atendida en forma urgente”.

Además señala que cuando se estableció el 18 %  de coparticipación para el Poder Judicial, éste implicaba el 6% del presupuesto provincial mientras que ahora representa el 3.91%, lo que resulta insuficiente para el funcionamiento de las estructuras judiciales.

En este sentido, en el acuerdo se destaca que “el estado actual de desfinanciamiento pone en serio riesgo la prestación del servicio de Justicia, toda vez que los ingresos no resultan suficientes para atender los gastos de funcionamiento de los diferentes organismos”.

Hasta aquí la cita.

Hoy también se cumple el día de paro dispuesto por el gremio judicial Sejun.

El punto 8 del acuerdo es una respuesta al gremio. Dice en la parte resolutiva: “Hacer saber al Sindicato de Empleados Judiciales, que el Tribunal Superior de Justicia se encuentra abocado a resolver la actual situación de desfinanciamiento que sufre el Poder Judicial en este momento, por lo que no resulta posible en lo inmediato abordar la petición formulada” (itálica y negrita en el original)