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Derribando mitos sobre homicidios: informe científico de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

28 noviembre 2012 19:03 37 comentarios

El porcentaje de menores de edad que comete homicidios es cercano a insignificante.

La cantidad de extranjeros que comete homicidios es sustancialmente baja comparada con los argentinos.

La mayoría de las víctimas fueron asesinadas en el barrio donde residían.

En la mayoría de los casos, víctima y victimario se conocían previamente.

El principal móvil del homicidio fue una riña o un ajuste de cuentas. Muy inferior es la cantidad de asesinatos en ocasión de robo.

Son las conclusiones de un completísimo trabajo llevado a cabo por el Instituto de Investigaciones de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en relación a los homicidios dolosos cometidos durante el año 2011 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El trabajo completo, de lectura muy recomendable, está aquí en pdf.

Cito algunas partes:

Es momento de comenzar a ocuparnos del daño real del delito. Para cuantificarlo y monitorear los niveles de violencia en nuestra sociedad, hay que iniciar y potenciar la investigación criminológica de campo. Nadie puede prevenir lo que desconoce. Tenemos que profundizar el conocimiento e identificar las características y causas de la violencia social.

El lugar que dejó vacío el escasísimo o nulo desarrollo de la criminología de campo ha sido ocupado por los medios masivos de comunicación social y, por ende, los órganos políticos competentes no motivan sus decisiones conforme a indicadores de frecuencia, vulnerabilidad victimizante y criminalizante, sino que lo hacen desde su experiencia práctica, condicionados por la impresión pública generada por la comunicación masiva y por los intereses sectoriales de las propias agencias ejecutivas del sistema penal.

En un mundo en que la técnica y la ciencia son dominantes, no resulta comprensible que en un área de alta sensibilidad y de tan luctuosos resultados, se continúe actuando de modo primitivo.

Sin perjuicio de la falta de datos sobre los victimarios, resulta elocuente el poco nivel de frecuencias que arrojan en esta categoría los extranjeros.

Resulta notorio el porcentaje de víctimas que vivía dentro de un barrio de emergencia, dado que representa el 36% del total de víctimas.

Sin perjuicio del nivel de desconocimiento que se evidencia, se observa que en 34% de los casos existía una relación previa entre la víctima y el imputado».

(La imagen es del CIJ).

La Universidad Nacional del Comahue, amiga del tribunal en la causa Sergio Ávalos. Resolución completa

30 junio 2012 20:16 Deja un comentario

La Universidad Nacional del Comahue podrá colaborar con la investigación de la desaparición del estudiante Sergio Ávalos, porque la Cámara provincial de Apelaciones le hizo lugar bajo la figura de «amigos del tribunal».

La resolución de la Cámara (click aquí) critica al juez Marcelo Muñoz, quien había negado a la Universidad la posibilidad de hacer aportes en esta causa. Dice que esa decisión «socava bases de credibilidad de la administración de justicia, alimentando el sentimiento de desconfianza que naturalmente produce lo reservado, lo oculto, cuando no hay razón plausible para que así sea».

Ávalos desapareció en junio de 2003. Estudiaba economía en la UNC, y la última vez que lo vieron había ido a bailar a un boliche.

La figura del «amigo del tribunal» otorga una participación limitada. Quien es aceptado en ese carácter puede «expresar una opinión fundada sobre el objeto del litigio», según lo estableció la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la acordada 28/2004.

La resolución de la Cámara fue por unanimidad. «Surge de la solicitud (de la UNC), conteste con la filosofía del ‘Amicus Curiae’, que lo que se ansía es el reconocimiento formal de intervención para emitir opinión que coadyuve, con los esfuerzos estatales, a echar luz en la pesquisa», escribió el juez Héctor Rimaro.

«Se ha depositado la investigación en cabeza de la fiscalía, por lo que resultaría auspiciosa la opinión de la Universidad Nacional del Comahue», dijo su par, Daniel Varessio.

«Acá se trata de saber que pasó con un estudiante que concurrió a un lugar a divertirse y no fue visto nunca más, sin que las autoridades competentes puedan dar respuesta hasta el día de hoy sobre su paradero. Habiendo transcurrido tantos años sin tal respuesta, carece de lógica repeler de la investigación a una institución que se presenta como ‘Amicus’ y bien puede aportar información que pueda variar el estado de camino trunco actual. En el caso Ávalos se está careciendo de datos y bien puede contribuir a ello la UNC», fue el voto de Richard Trincheri.

Pautas que deben tener en cuenta los medios de prensa cuando informan sobre violencia de género

18 junio 2012 9:01 15 comentarios

 

La violencia contra la mujer no es un asunto privado entre dos personas sino un problema social, las víctimas no son responsables de la agresión que sufren, y los victimarios no matan porque están locos de amor o de celos. Son elementos que debe tener en cuenta el periodismo al momento de informar sobre femicidios.

Este fue el eje de la Tercera Jornada de Periodismo y Género, organizada en Buenos Aires por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la Asociación de Mujeres Juezas de Argentina. Participaron alrededor de 150 personas, y fueron panelistas los y las periodistas Marcelo Pereyra, Liliana Hendel, Nelson Castro, Mariana Carbajal y Lorena Maciel. Los videos con las ponencias completas están aquí.

La jornada se realizó el mismo día que condenaron a 18 años de prisión a Eduardo Vázquez por el homicidio de su esposa Wanda Taddei.

El 10 de febrero de 2010, Wanda fue quemada por Vázquez, exbaterista de Callejeros. Desde entonces y hasta ahora, hubo 48 mujeres más que fueron asesinadas de la misma manera, y otras 10 quedaron en grave estado. ¿La intensa cobertura mediática del caso generó conductas repetitivas? ¿Cómo deben abordar los medios de comunicación los casos de femicidio para evitarlo?

Fue el presidente de la Corte, Ricardo Lorenzetti, quien planteó el tema en la apertura. “Tenemos la necesidad y el deber de informar” pero con cuidado porque “esta información puede generar conductas repetitivas. Hemos tenido una secuencia de asesinatos de mujeres a través de este horroroso procedimiento, y la comunicación de esta noticia hace que otro entienda que es un mal modelo, pero lo sigue”.

En consecuencia el desafío es “cómo explicarlo, comunicarlo, de una manera que cumpla con el deber de informar y al mismo tiempo neutralice los efectos repetitivos”.

Mariana Carbajal, de Página 12, señaló que “el violento no se convierte en tal por escuchar o leer una noticia, pero podría actuar tomando una conducta de imitación”.

Recomendó, para neutralizar esta posibilidad, “no quedarse en el detalle morboso de cómo sucedió la muerte. Debemos ponerlo en contexto. La violencia de género es consecuencia de la discriminación y la desigualdad entre varones y mujeres”.

“Seremos parte del problema si ponemos a la víctima como responsables de la agresión, si nos preguntamos qué habrá hecho la mujer para causar la violencia, si excusamos al agresor ‘porque estaba muy enamorado’, o lo representamos como un monstruo, un loco, e ignoramos la naturaleza estructural de la violencia contra las mujeres”.

Lorena Maciel, del canal Todo Noticias, dijo que hay que informar “haciendo tomar conciencia en la sociedad de que todos tenemos que tener la bandera del nunca más al femicidio y desterrar el ‘por algo será’ en cada caso de una mujer asesinada”.

Marcelo Pereyra, director de la revista Contracultural y analista de la prensa, afirmó que en sus coberturas “los medios apelan al melodrama y eso desvía el foco de atención. Se privatiza la violencia, se reduce a un problema entre una víctima y un victimario, y en realidad estamos frente a un problema social”.

Destacó que “hay que reducir la importancia del carácter policial de los casos de violencia contra las mujeres y aumentar su carácter de problema social y estructural”.

“Las víctimas de violencia de género no son como cualquier otra víctima. Sufren esa violencia por el papel subordinado que tienen en la sociedad”, afirmó.

Nelson Castro y Liliana Hendel discreparon fuertemente sobre el rol de las mujeres en la televisión.

El cruce se produjo porque Castro, periodista y médico, señaló: “Vemos en los programas de televisión de mayor llegada un prestarse de la mujer a ser sujeto de transformarse en un objeto sexual, casi como único elemento de sustentación de su presencia en los medios”.

Añadió que la televisión “tiene a la mujer como objeto sujeto de lo sexual. Veamos qué es lo que tiene más ráting en la TV, cuál es el lenguaje, y analicemos esto: la mujer logra lugares importantes por merecimieno, sin embargo, persiste en los medios una alusión muchas veces depreciativa” hacia ella.

Hendel, periodista y psicóloga, estaba sentada a su lado y le contestó: “Me parece peligroso culpabilizar a la víctima. Las mujeres que se cosifican están tan atravesadas como todas nosotras y todos ustedes por el sistema patriarcal. Por eso nos operamos, nos levantamos la papada, y para salir de eso hay que hacer un fuerte trabajo personal que no todas están en condiciones de afrontar. No es responsabilidad de la víctima que le corten la pollerita en el programa de Tinelli, es responsabilidad de Tinelli”.

El salón estalló en aplausos. Castro volvió a pedir la palabra para aclarar que “quise describir una realidad que no comparto” y “no eludo la responsabilidad de quienes fomentan este tipo de cosas”.

Mariana Carbajal también le respondió: “¿Qué alternativas les dan a las mujeres para estar en los medios, si no es que le corten la pollerita y enfocando sus glúteos con la cámara? La lupa de la perspectiva del género nos permite ver el entramado en el cual se van constituyendo estas situaciones que están instaladas en la sociedad”.

Periodistas de Argentina en Red por una comunicación no sexista elaboró un decálogo para el tratamiento periodístico de la violencia contra mujeres.

1) Es correcto utilizar los siguientes términos: violencia contra las mujeres, violencia de género y violencia machista.

2) La violencia de género es un delito, en tanto y en cuanto constituye una conducta antijurídica que debe ser prevenida y sancionada. Es un problema social, un atentado contra el derecho a la vida, la dignidad, la integración física y psíquica de las mujeres. Es en definitiva, una cuestión concerniente a la defensa de los derechos humanos.

3) Desterramos de nuestras redacciones la figura de “crimen pasional” para referirnos al asesinato de mujeres víctimas de la violencia de género. Los crímenes pasionales no existen.

4) Lo importante es proteger la identidad de la víctima, no la del agresor. Dejar en claro quién es el agresor y quién es la víctima, y señalar cuáles pueden ser las actitudes y situaciones que ponen en riesgo a la mujer en una relación violenta.

5) Hay informaciones que pueden perjudicar a la víctima y a su entorno. No siempre es conveniente identificarla. Es ofensivo para la víctima utilizar diminutivos, apócopes, apodos, etc. para nombrarla.

6) Nunca buscaremos justificaciones o motivos que distraigan la atención del punto central: la violencia.

7) Es imprescindible chequear las fuentes, sobre todo las oficiales.

8) Mantener el tema en agenda, denunciando la violencia en todas sus expresiones: psicológica, económica, emocional, sin esperar la muerte de las mujeres. Abordar el relato de los hechos tomando en consideración su singularidad, pero también aquello que lo asemeja a otros casos. Eso permitirá abandonar consideraciones tales como “otro caso de”…., “un caso más de…”, evitando un efecto anestesiante.

9) Tener especial cuidado con las fotos e imágenes que acompañan las notas. Respetar a las víctimas y a sus familias, alejarse del sexismo, el sensacionalismo y la obscenidad. Nunca robar imágenes o audio a la víctima. Cuando se musicaliza, no usar temas que remitan al terror, ni que contengan letras que hablen de “amores enfermos” o celos.

10) Siempre incluiremos en la noticia un teléfono gratuito de ayuda a las víctimas y cualquier otra información que les pueda ser útil.

La Corte Suprema ordenó vacunar a un niño pese a la oposición de sus padres. Fallo completo

12 junio 2012 17:27 Deja un comentario

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que se intime a los padres de un niño de 2 años y 9 meses a que acrediten el cumplimiento del plan de vacunación oficial, bajo apercibimiento de proceder a su vacunación de modo compulsivo. El fallo completo está aquí en pdf.

Es porque la pareja, seguidora del método homeopático y ayurvédico, se negaba a administrarle las dosis estipuladas por el plan obligatorio de vacunación estatal. El Alto Tribunal priorizó la afectación de la salud pública y el interés superior del niño como sujeto vulnerable y necesitado de protección.

Los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Raúl Maqueda, y Eugenio Zaffaroni entendieron que “la no vacunación del menor lo expone al riesgo de contraer enfermedades, muchas de las cuales podrían prevenirse mediante el cumplimiento del plan nacional de vacunación”, a la vez que pone en riesgo la salud de la comunidad.

Los padres del niño habían alegado que la decisión que finalmente la Justicia impugnó incurría en un “perfeccionismo y/o paternalismo incompatible con el principio de autonomía”. Frente a ese planteo, el fallo sostiene que toda conducta que perjudique derechos de terceros queda fuera de la órbita del ámbito de reserva del artículo 19 de la Constitución Nacional, y por lo tanto se trata de comportamientos y decisiones sujetas a la interferencia estatal la que, en el caso, está plasmada en el plan de vacunación nacional.

Fuente.

El fallo completo lo obtuve del CIJ.

La Corte Suprema resolvió que no se puede hacer una transfusión de sangre obligatoria. Fallo completo del caso Albarracini

2 junio 2012 13:55 17 comentarios

Leo en Página 12:

La Corte Suprema de Justicia resolvió anoche que se respete la voluntad del trestigo de Jehová, quien se niega a recibir una transfusión de sangre. Confirmó así la decisión de la Cámara y rechazó el pedido del padre de Pablo Albarracini, quien había pedido a la Justicia que se le realice la transfusión, sobre la base de que ésta “no puede interferir en los actos privados de las personas”.

Dice el fallo:

No resultaría constitucionalmente justificada una resolución judicial que autorizara a someter a una persona adulta a un tratamiento sanitario en contra de su voluntad, cuando la decisión del individuo hubiera sido dada con pleno discernimiento y no afectara directamente derechos de terceros.

Para descargarlo completo en pdf, click aquí.

Ley de medios: fallo completo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

22 May 2012 20:46 2 comentarios

Informa el CIJ:

El Tribunal se pronunció en la causa «Grupo Clarín SA y otros sobre medidas cautelares». Dijo que las medidas cautelares son resoluciones jurisdiccionales precarias y no pueden sustituir la solución de fondo porque afectan la seguridad jurídica

Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario federal y se confirma la sentencia apelada en cuanto rechazó el pedido de levantamiento de la medida cautelar y fijó su plazo de vigencia en treinta y seis meses.

Que el plazo de 36 meses de la cautelar se cuenta a partir del 7 de diciembre de 2009 y vence el 7 de diciembre de 2012.

Que el plazo previsto en el art. 161 de la ley 26.522 venció el día 28 de diciembre de 2011 conforme surge de la reglamentación de la ley.

En consecuencia, estando vencido el plazo legal, y por efecto de la finalización de la cautelar, a partir del 7 de diciembre de 2012 vence la suspensión del art. 161 de la ley 26522 con respecto a la actora.

FALLO COMPLETO

DICTAMEN DE LA PROCURACION

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La Corte Suprema rechazó otro recurso de la defensa de Poblete en la causa Fuentealba. La perpetua sigue firme

4 abril 2012 11:59 1 comentario
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Anteproyecto de Código Civil y Comercial. Texto completo para descargar

29 marzo 2012 19:40 10 comentarios

Definiciones de Zaffaroni en Neuquén: reforma constitucional, cautelares y más. Audio completo

9 marzo 2012 19:24 3 comentarios

Algunas definiciones que dejó Eugenio Zaffaroni en la conferencia de prensa de hoy a la mañana. El audio completo (más de 45 minutos) está aquí por gentileza de Prensa de la Universidad Nacional del Comahue.

Sobre el funcionamiento del Poder Judicial:

“Tenemos un problema de un 20% de vacantes en el Poder Judicial, serían más de 200 jueces”.

“Hay que agilizar los concursos en el Consejo de la Magistratura y después ver que no se demoren en el ministerio de Justicia y tampoco en el Senado para prestar el acuerdo. Es un trámite complejo pero creo que se podría acelerar un poco”.

Sobre la reforma constitucional:

“Creo que es importante abrir la discusión, el debate. La historia nos enseña que las reformas constitucionales salieron por motivos coyunturales políticos, y cuando se abrieron procesos de reforma no sabíamos qué hacer. Discutamos. Si se abre el espacio político en algún momento, tengamos en claro por dónde tenemos que ir”.

“Necesitamos políticas de estado, cuatro o cinco líneas políticas que pase lo que pase, gane quien gane, no se van a alterar. Educación, desarrollo económico, infraestructura de transporte, tienen que estar fijadas como políticas de estado porque no se hacen en 4 años, se tienen que hacer en 15 o 20”.

Sobre la reelección:

“El sistema parlamentario lo resuelve: si tiene mayoría parlamentaria se queda, si la perdió se va. Y como tiene otros sistemas de controles eso no se convierte en una dictadura. Nadie puede decir que Tatcher, que Felipe González, Churchill, hayan sido dictadores. Un día perdieron la mayoría y se fueron”.

Sobre el control de constitucionalidad:

“El sistema de control de constitucionalidad que tenemos es a la vez débil y a la vez riesgoso.

Es débil porque no tenemos en nuestra justicia ningún tribunal con competencia para hacer caer la vigencia de una ley. Podemos decir “en el caso no se aplican” pero nada más. La ley sigue vigente”.

Sobre las medidas cautelares:

“Llega un momento que yo tengo dudas sobre qué estamos juzgando, si estamos aplicando derecho de fondo, porque creo que estamos aplicando derecho cautelar en todo (…) con el riesgo de que la cautelar la puede disponer cualquier juez federal, y las competencias en el país son muchas, y se puede ir de La Quiaca a Tierra del Fuego a ver quién se declara competente y le hace lugar”.

Otros temas que abordó fueron el aborto no punible, la ley de medios, la situación de los pueblos originarios y los golpes de estado policiales.

Al final reveló los sorprendentes resultados de una compulsa de expedientes que realizó la Corte sobre homicidios producidos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en 2010.

La foto es de Leo Petricio.

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La Corte Suprema de Justicia dejó firme la destitución de Eduardo Badano. Fallo completo

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la destitución del ex vocal Eduardo Badano, sometido a juicio político por “mal desempeño”.

En un fallo del 14 de febrero pasado conocido ahora, la Corte rechazó el recurso de queja presentado por los abogados de Badano, Ricardo Cancela (hoy defensor ante el TSJ), Martín Segovia y Julio Virgolini.

Al ex vocal, uno de los cinco designados por el exgobernador Jorge Sobisch, no le quedan más recursos judiciales para intentar que se revea la decisión que tomó la sala juzgadora de la Legislatura de Neuquén el 15 de agosto de 2008 (aquí el fallo completo en pdf).

La Corte dijo en su pronunciamiento que Badano no demostró que se hayan transgredido “en forma nítida, inequívoca y concluyente las reglas estructurales del debido proceso”.

Un párrafo de la sentencia es lapidario: “el magistrado denunciado pudo ejercer en plenitud su derecho de defensa -en el único enjuiciamiento que se llevó a cabo ante la acusación formulada en su contra- mediante descargo, recusaciones, ofrecimiento de prueba y control de la promovida y producida por la acusación; su conducta fue evaluada en una deliberación llevada a cabo con arreglo a los recaudos legalmente contemplados; asimismo, fue destituido e inhabilitado por el órgano en cuyas manos la Ley Suprema local puso el ejercicio exclusivo de dicha atribución que, tras contar con la mayoría calificada exigida por las normas de derecho público local aplicables al caso, estimó acreditada la causal de mal desempeño contemplada en el ordenamiento provincial, por la cual el magistrado fue acusado y oído. Promovido el control judicial de dicho enjuiciamiento, la sentencia dictada por el Tribunal Superior provincial dio fundada respuesta a los planteos considerados, mediante desarrollos argumentativos que la sostienen suficientemente como acto judicial válido”.

Firman la resolución Elena Highton, Enrique Petracchi, Juan Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay.

Badano fue sometido a juicio político por “mal desempeño” durante el jurado de enjuiciamiento que terminó con la destitución del exfiscal Ricardo Mendaña.

La destitución de Mendaña fue anulada, pero el exfiscal no volvió al Poder Judicial.

La foto la tomé del blog de Leo Petricio.

CSJN CASO BADANO

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Pierden una millonaria demanda magistrados y funcionarios de Neuquén

1 febrero 2012 7:30 10 comentarios

Una millonaria demanda entablada por casi un centenar de magistrados y funcionarios por haberes supuestamente mal liquidados quedó en la nada. Mediante una serie de fallos, el Tribunal Superior de Justicia rechazó todas las acciones, que llevaban alrededor de una década en trámite.

Los fallos del Tribunal se produjeron en octubre de 2011, pero jamás se les dio difusión pública. Recién esta semana me enteré de su existencia y conseguí algunas copias. Tienen entre 60 y 80 carillas, los firman los vocales Ricardo Kohon, Oscar Massei, Guillermo Labate, y los conjueces Marcelo Iñíguez, Omar Busqueta y Mafalda Balboa.

Según se pudo saber, contra la decisión del TSJ se presentaron recursos extraordinarios para llegar a la Corte Suprema de Justicia.

Entre los que iniciaron la demanda en el año 2000 (luego se les sumaron otros) figuran actuales y exintegrantes del Tribunal Superior; jueces de Cámara y de primera instancia, fiscales y defensores. Algunos ya se jubilaron, otros siguen en actividad. Son alrededor de 86.

No hay información exacta sobre el monto que demandaban. En 2005 el fallecido abogado Hugo Frare, quien los patrocinaba, había declarado a “Río Negro” que “podrían ser mucho más de 50 millones de pesos” en total. Ayer, una encumbrada fuente judicial dijo que se habla de más de 100 millones de pesos.

El motivo de la demanda se remonta a una decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de 1991 de pagarles una suma “en negro” a los jueces. En Neuquén se adoptó igual mecanismo.

Con el paso de los años esa suma se fue “blanqueando”. Pero durante el tiempo que se pagó en negro, no se utilizó para calcular beneficios como antigüedad, zona desfavorable, etcétera.

En uno de los fallos se explica: “la pretensión (de los demandantes) consiste en que la suma percibida como no remunerativa ni bonificable sea considerada com integrante del salario básico y, como tal, bonificada por todos los adicionales y suplementos que correspondan”.

Entre los numerosos argumentos con los cuales se rechazó la demanda, uno de ellos fue que “nominalmente no hubo ninguna disminución en las remuneraciones” desde la implementación de la asignación fijada por la Corte. “Y no ha sido ni siquiera alegada una reducción del poder adquisitivo de los haberes”.

En otro párrafo se menciona que “a la luz del concreto régimen normativo aplicable a este caso, no se advierten los excepcionales supuestos que permitirían aseverar que el suplemento necesariamente debió haber revestido el carácter de bonificable”.

En su momento, la masiva demanda entablada por los magistrados y funcionarios generó un revuelo político de proporciones. En la Legislatura, por ejemplo, se decidió no prestarles acuerdo para un ascenso a aquellos jueces que hubieran hecho juicio a la provincia.

Internamente se produjo una fractura, cuando un grupo de magistrados y funcionarios firmó una solicitada para aclarar que no se habían sumado a la demanda.

ACUERDO 109

ACUERDO 110

ACUERDO 133

(Estos son los acuerdos que pude obtener. Desconozco si hay otros. Como explico en el post, jamás se dio información oficial sobre este tema).

 

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La Corte rechazó el recurso de queja de Poblete, condenado a perpetua por el asesinato del maestro Fuentealba

16 agosto 2011 16:44 Deja un comentario

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el último recurso que le quedaba a la defensa del policía José Darío Poblete, condenado por el asesinato del maestro Carlos Fuentealba.

Según se supo ayer, la Corte rechazó con fecha 9 de agosto un recurso de queja del abogado Ladislao Simon, mediante el cual pretendía que el máximo tribunal de la Nación tomara intervención en el expediente.

La resolución, que pueden descargar completa más abajo en formato pdf, remite al artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que establece que la Corte podrá rechazar este tipo de recursos “por falta de agravio federal suficiente o cuando las cuestiones planteadas resultaren insustanciales o carentes de trascendencia”.

Carlos Fuentealba fue asesinado el 4 de abril de 2007, durante el gobierno de Jorge Sobisch. Un año después el cabo primero Poblete fue condenado a prisión perpetua.

En 2010, el Tribunal Superior de Justicia ratificó la condena (ver aquí) y luego le rechazó el recurso extraordinario federal.

Por eso el defensor fue en queja a la Corte, que también le cerró la puerta.

POBLETE – CSJN

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Todos los conceptos salariales deben entrar en el cálculo de las jubilaciones. Fallo completo

2 marzo 2011 19:00 Deja un comentario

La Corte Suprema de Justicia ratificó que todos los conceptos salariales deben ser tenidos en cuenta para el cálculo del haber jubilatorio inicial y que deben aportar a la seguridad social. Fue en el caso de una ex empleada de la ANSeS que cobraba parte de su sueldo como “remuneración sin aportes”.

En el caso, la actora demandó a la ANSeS para que incluyera en el cómputo del haber inicial de su jubilación el suplemento por función directiva percibido en sus últimos años de trabajo, sumas respecto de las cuales no se habían realizado aportes y contribuciones con destino a la seguridad social.

El tratamiento de la cuestión había sido omitido por la ANSeS y las sucesivas instancias judiciales, y fue reeditado ante esta Corte en un recurso ordinario de apelación.

El Tribunal hizo mérito de lo previsto en los arts. 10 y 49 de la ley 18.037 (aplicables al caso) y constató que en la causa no estaba en discusión el carácter salarial de las sumas abonadas a la recurrente, dado que habían sido certificadas por la ANSeS como remunerativas y su inclusión en el haber inicial no había sido objetada por el organismo al contestar la demanda.

Sobre esa base, dispuso que dichas retribuciones debían ser computadas en el primer haber del beneficio, sin perjuicio de los descuentos y contribuciones que debieran realizarse con destino a la Seguridad Social.

En definitiva, ordenó que de las sumas calificadas en forma pacífica por ambas partes como “remunerativas”, se devengaran los correspondientes aportes y contribuciones.

Las circunstancias procesales que rodearon el caso -en particular el hecho de que la ANSeS omitió justificar la falta de inclusión en el haber inicial de sumas que integraron el salario-, revelan la singularidad del precedente, más allá de que la solución sigue la línea de otros casos de los que resulta que la Corte ha puesto especial atención en que se incorporen al sistema previsional aquellas retribuciones que, sin razones válidas, hubieran sido excluidas de ese ámbito.

Fuente: CIJ.

FALLO JUBILACIONES (pdf)

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Diez por ciento de aumento salarial para todo el Poder Judicial de la Nación

2 marzo 2011 18:53 8 comentarios

La Corte Suprema de Justicia de la Nación otorgó un aumento salarial para todo el Poder Judicial del 10% a partir del 1 de marzo. El aumento es remunerativo y bonificable para todas las categorías del Poder Judicial de la Nación.

El Máximo Tribunal resolvió solicitar a la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación la modificación de las partidas presupuestarias para otorgar dicho incremento salarial.

En tal sentido, la Corte aclaró que “la Jurisdicción cuenta con los recursos financieros suficientes para atender la mayor erogación, no requiriendo aportes del Tesoro Nacional”.

Fuente: CIJ.

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Lorenzetti: «Hay que mejorar los procedimientos de nombramiento y selección de jueces»

22 febrero 2011 15:22 1 comentario

El presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Ricardo Lorenzetti, aseguró este martes que “los jueces debemos trabajar en solucionar los problemas de la gente”.

En esa línea, remarcó que “el centro de atención tienen que ser los ciudadanos. Debemos abocarnos a la satisfacción efectiva de los derechos de las personas”.

Lo dijo durante el acto de apertura del año judicial, realizado en el Salón de Audiencias en el cuarto piso del Palacio de Tribunales, Talcahuano 550, y que fuera recientemente remodelado.

Asimismo, Lorenzetti aseguró que “estamos asistiendo a grandes transformaciones en el Poder Judicial”, y destacó “el rol institucional trascendente que tenemos los jueces en este momento del país”.

Además, remarcó que “las grandes soluciones de los problemas estructurales no son obra de un dirigente iluminado, ni de decisiones únicas. Lo que soluciona los problemas son políticas de Estado de los tres poderes”.

En tanto, Lorenzetti dijo que “el Poder Judicial tiene que actuar como un agente de transformación institucional”.

Por otro lado, Lorenzetti afirmó que “existe un excesivo crecimiento de la litigiosidad en todos los campos que no es conveniente. Esto ocurre porque faltan los mecanismos institucionales de diálogo”.

Además, remarcó que “creemos en un poder judicial activo pero no que gobierne”.

“Tambien se ha hablado de la politizacion de la Justicia. Aquí hay un problema que tiene diversos matices; hay que mejorar los procedimientos de nombramiento y selección de jueces. Necesitamos que transcurran con una amplia participación ciudadana y control público”, sostuvo el presidente de la Corte.

Lorenzetti también afirmó que “la relación del Poder Judicial con la prensa es fundamental. Se ha avanzado muchísimo en este campo. Ya tenemos una agencia de noticias, y así las decisiones de los jueces ya llegan a los ciudadanos”.

En esa línea, destacó la creación de un nuevo canal YouTube del Centro de Información Judicial (CIJ), que contiene más de 200 vídeos, donde los jueces explican en forma directa todos los temas que interesan a la sociedad. “Así, las nuevas tecnologías, que nos causan extrañeza, nos permiten llegar a los más jóvenes”.

Fuente: CIJ.

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La Corte Suprema otorgó el cuarto aumento salarial del año

7 diciembre 2010 15:13 4 comentarios

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dispuso un nuevo aumento salarial para todo el Poder Judicial de la Nación.

Es de 10 por ciento a partir del 1 de diciembre pasado. Es remunerativo y bonificable, para todas las categorías del escalafón.

El pasado miércoles, la Corte había solicitado a la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación la modificación de las partidas presupuestarias para otorgar dicho incremento salarial.

La Corte aclaró que “la Jurisdicción cuenta con los recursos financieros suficientes para atender la mayor erogación, no requiriendo aportes del Tesoro Nacional”.

Es el cuarto aumento del año.

Ya había otorgado un 10 por ciento a partir del 1 de enero (ver aquí), un 7 por ciento a partir de mayo y 8 por ciento a partir de julio (ver aquí).

Fuente: CIJ.

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La Corte exige otra vez que se cumplan sus fallos, ahora por el caso del Procurador de Santa Cruz

14 septiembre 2010 16:02 Deja un comentario

Se cumple otro anticipo hecho por Carmen Argibay durante su visita a Neuquén y publicado en el blog.

Leo hoy en el Centro de Información Judicial que la Corte “denunció al gobernador de Santa Cruz” por incumplir el fallo que ordenó reponer en el cargo al ex procurador Eduardo Sosa.

Argibay había dicho que la Corte comenzaría a exigir que se cumplan sus sentencias, y mencionó el caso del Riachuelo y el del Procurador de Santa Cruz.

En agosto cumplió lo primero, ahora lo segundo.

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Cosas que pasan cuando el juez ordena prueba que no fue pedida por las partes. Fallo de la Corte

8 septiembre 2010 16:20 1 comentario

“Resulta obvio que la iniciativa jurisdiccional en el ámbito probatorio y la desigualdad de poder entre la acusación y la defensa que de allí deriva no son propios de un modelo acusatorio, dado que configuran rasgos típicamente característicos del sistema inquisitivo”.

“La disposición procesal que faculta al juez a ordenar prueba que no ha sido solicitada por las partes se aleja del modelo que sobre la materia ha trazado el constituyente, pronunciándose significativamente la distancia cuando, además, esa facultad puede ser ejercida para la obtención de prueba de cargo”.

Del voto de Zaffaroni en la causa Sandoval s/homicidio agravado, también conocida como segundo triple crimen de Cipolletti.

El fallo completo de la Corte lo pueden descargar más abajo.

Información adicional aquí, aquí y la posición de la Cámara aquí.

CAUSA SANDOVAL

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Informe completo de la Corte Suprema sobre los juicios por delitos de lesa humanidad (para descargar)

12 agosto 2010 21:57 1 comentario

El informe se publicó hoy en el Centro de Información Judicial.

En lo que hace a la región, este es el resumen que figura en el capítulo “Causas juzgadas a partir de 2006”:

“Reinhold, Oscar Lorenzo y otros s/ delitos contra la libertad y otros” (Causa 666/08)

El 8 de febrero de 2009, el Tribunal Oral Federal de Neuquén condenó a ocho ex militares y ordenó que se mantengan las actuales condiciones de detención oportunamente dispuestas por el Tribunal en la unidad penal 5 de General Roca.

El ex general de Brigada Enrique Braulio Olea, responsable de la jefatura del Batallón de Ingenieros de Montaña 181, fue condenado a 25 años de prisión por ser participe necesario de privación ilegítima de la libertad agravada (17 hechos), tormentos y asociación ilícita.

Igual condena recayó sobre los ex coroneles Mario Alberto Gómez Arenas –entonces jefe del Destacamento Inteligencia- y Oscar Lorenzo Reinhold –quien se desempeñaba como jefe del Comando de Brigada de la Subzona 52- por los delitos de privación ilegítima de la libertad doblemente agravada, tormentos físicos y psíquicos, por ser las víctimas perseguidos políticos, violación de domicilio, robo y asociación ilícita.

Al ex coronel Reinhold, se lo condenó también por el delito de coacción.

El Tribunal condenó a 22 años de prisión al entonces mayor Luis Alberto Farías Barrera –quien actuaba como jefe de la División Personal del mismo Comando- por ser autor de privación ilegítima de la libertad, tormentos, violación de domicilio y robo.

Asimismo, condenó a 21 años de prisión a los ex oficiales de Inteligencia, Jorge Eduardo Molina Ezcurra y Sergio Adolfo San Martín por ser partícipes necesarios de los delitos de privación ilegítima de la libertad doblemente agravada por el uso de violencia, violación de domicilio y robo (17 hechos) y asociación ilícita.

Por su parte, se condenó al médico Hilarión de la Pas Sosa –quien se desempeñaba como Jefe de Sanidad del Comando- a 20 años de prisión por ser partícipe necesario de los delitos de privación ilegítima de la libertad agravada, tormentos y asociación ilícita. Este médico, prestaba servicio en el centro clandestino denominado “La Escuelita”, ubicado en inmediaciones del Batallón de Ingenieros 181 de la ciudad de Neuquén.

Por último, el tribunal condenó a 7 años de prisión, al ex suboficial de Inteligencia, Julio Francisco Oviedo por los delitos de privación ilegítima de la libertad (1 hecho) y asociación ilícita.

INFORME DE LA CORTE

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La Corte anunció que no habrá marcha atrás con los juicios por delitos de lesa humanidad. Discurso completo de Lorenzetti

11 agosto 2010 18:49 2 comentarios

Leo en Página 12: El presidente de la Corte Suprema, Ricardo Lorenzetti, presentó el “Informe sobre la tramitación de juicios sobre delitos de lesa humanidad”en el Palacio de Tribunales y ante altos funcionarios del Poder Judicial, del gobierno y personalidades como el premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel y el juez español Baltasar Garzón.

“Estamos en presencia de uno de los procesos de investigación en materia de delitos de lesa humanidad más importantes del mundo” y que tendrá “trascendencia histórica”, destacó el presidente del máximo tribunal.

El informe detalla las causas juzgadas a partir de 2006, los juicios en trámite y los juicios con fecha de debate relacionados con los crímenes cometidos durante la última dictadura militar que gobernó entre 1976 y 1983 en la Argentina. Lorenzetti remarcó la “cantidad importante de sentencias que se ha dictado” y advirtió que “quizás leyendo los escuetos datos del informe no se pueda tener la magnitud de la causa que está detrás”.

“Cada uno de esos pequeños datos es una megacausa, detrás de cada expediente hay un centro clandestino de detención, hay sufrimiento”, subrayó.

DISCURSO COMPLETO

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La Corte empieza a exigir que se cumplan sus sentencias y le tocó al Riachuelo. Fallo completo

11 agosto 2010 11:34 Deja un comentario

Carmen Argibay lo anticipó cuando estuvo en Neuquén (y ustedes pudieron leerlo en el blog): La Corte Suprema ordenó apurar la limpieza del Riachuelo y multar a funcionarios que no cumplan.

Informan los medios (yo lo tomé de Clarín): “A dos años del fallo donde ordenó la limpieza de esa cuenca, firmado en julio de 2008, la Corte advirtió que hubo “incumplimientos injustificados”. En una resolución que contó con el aval de sus siete integrantes, la Corte encomendó al juez federal de Quilmes adoptar las medidas necesarias para el “inmediato” cumplimiento del plan y sancionar a los responsables en caso de incumplimiento.

“La Corte había intimado al Estado Nacional, a la Provincia de Buenos Aires y a la Ciudad a llevar a cabo las tareas de saneamiento, pero los trabajos de recuperación demostraron avances poco significativos. En la resolución, se recordó que ‘en la referida sentencia esta Corte determinó que la autoridad obligada a la ejecución del programa, y responsable de su cumplimiento oportuno, es la Autoridad de Cuenca contemplada en la ley 26.168’”.

“Y advirtió que ‘transcurridos dos años desde ese pronunciamiento, y a pesar de los continuos requerimientos efectuados por el juez delegado, se advierten incumplimientos que no han sido debidamente justificados, circunstancia que obliga a esta Corte Suprema a encomendar al referido magistrado que adopte las medidas necesarias para el inmediato y eficaz cumplimiento de la sentencia’”.

FALLO COMPLETO

El fallo completo lo tomé del CIJ.

Imagen tomada de aquí.

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Carmen Argibay para armar

5 agosto 2010 22:39 3 comentarios

Pasó Carmen Argibay por Neuquén y dio una hora de conferencia de prensa. Antes ustedes propusieron preguntas (algunas pude trasmitirlas, otras no), ahora les dejo un índice para que armen a su gusto el orden de lectura según el interés que le despierten los temas que abordó.

1) Demora en designación de jueces federales. Posibles causas y consecuencias (no arriesgó si hay razones políticas).

2) La terna de candidatos al juzgado federal de Neuquén: firmas, apoyos y otras.

3) Desobediencia de otros poderes a cumplir sentencias de la Corte (dio dos anticipos: habrá un nuevo fallo por el caso del Riachuelo y podrían procesar al gobernador de Santa Cruz por incumplimiento de la orden de reponer al ex Procurador General).

4) Apoyo al juez Martín Lozada, amenazado con un posible jury por su fallo autorizando el aborto a una menor de edad. (De paso habló mucho sobre el aborto y pidió que el debate no se frivolice).

5) Algunas consideraciones sobre las consecuencias de la sobrecarga de trabajo en los juzgados (aplicables a cualquier trabajo).

6) Baja en la edad de imputabilidad (se pronunció en contra).

7) Trata de personas: dijo que hay sospechas fundadas de que las fuerzas de seguridad protegen a las redes.

Aquí la transcripción de sus palabras:

Siempre insisto en que necesitamos jueces. Hay cerca de 200 vacantes. En muchos casos están los concursos hechos, están las ternas. Falta elegir uno y nombrarlo.

No sé dónde están parados los pliegos, lo cierto es que los nombramientos no salen.

No sé si hay una cuestión política atrás. Es algo que no podemos solucionar, sólo podemos protestar, decir que los jueces no dan a basto, no son suficientes.

Si yo estuviera en ese lugar me lo sacaría cuanto antes de encima, para evitar presiones, llamados, propuestas, que eso debe haber también, porque siempre ha ocurrido.

Uno se evita las presiones y cuestiones ajenas a lo que debe ser un nombramiento sacando todo rápidamente.

Esta demora en cubrir vacantes se debe a un poco de ignorancia de las funciones que deben cumplir los jueces y el trabajo que ello implica.

La mayoría de la gente piensa que los jueces vamos, nos sentamos, ponemos la cara, escuchamos o no, y se acabó. No es así, las audiencias son cansadoras, estresantes, y más en los delitos de lesa humanidad.

No se puede estar trabajando en tres juicios al mismo tiempo. Esto es lo que no sé si no se entiende o qué pasa.

(Respecto de los juicios por delitos de lesa humanidad en la región) Me decían que a lo mejor podían empezarlo antes de fin de año, pero depende de cómo se desarrollen los juicios en los que (los jueces del Tribunal Oral Federal de Neuquén) están supliendo.

Los juicios por delitos de lesa humanidad van a llevar todavía mucho tiempo.

(Consultada sobre las firmas en apoyo a la designación de Silvina Domínguez como jueza federal en Neuquén): No conozco a Domínguez, pero si ganó un concurso me parece bien que haya gente que quiera apoyarla. Supongo que los otros candidatos también tendrán quien los apoye.

Una vez que están en la terna ya no es una cuestión de apoyos, sino una decisión del Ejecutivo de a cuál elige de la terna.

No importa el orden, puede ser el primero, el segundo o el tercero, por eso es una terna.

(Sobre el incumplimiento de las sentencias por parte de los otros poderes del Estado): En el tema Riachuelo estamos por sacar un nuevo fallo porque el juez de Quilmes, que es el que tiene delegadas las funciones que le ha dado la Corte, no recibe suficiente apoyo de otras instituciones oficiales.

El día menos pensado ya me veo que vamos a estar nosotros con la palita limpiando el Riachuelo.

Hay fallos que los otros poderes del Estado se toman su tiempo para cumplirlos y a veces hay que insistir para que lo cumplan, pero tenemos el arma de la desobediencia, porque es un delito.

En este momento el gobernador de Santa Cruz no cumplió con la intimación de la Corte de reponer al ex procurador general Sosa en su puesto.

Él dice que no puede, porque la Legislatura no le crea el cargo. No sé, él está intimado, y si no cumple en determinado plazo irá procesado por desobediencia. La Corte no admite más demoras en eso.

(Preguntada por el posible jury contra el juez Martín Lozada): Si está cumpliendo la ley, ¿cómo le van a hacer un juicio político?

El juez dijo ‘la ley permite esto’, y lo permite desde 1922.

Nuestros legisladores de principios de siglo eran más avanzados e inteligentes que muchas de las personas que hacen cuestiones por estos abortos que están permitidos.

Estos abortos están permitidos, son legítimos, legales, tienen motivo para ser legalizados, están en el artículo 86 (del Código Penal) y hay que cumplirlo y no se necesita intervención judicial.

Los médicos tienen que asumir su responsabilidad, lo que pasa es que tienen miedo de ir presos porque siempre hay alguno que los denuncia.

Si no tuvieran miedo estos casos dejarían de entrar en tribunales.

Hay que tener una discusión real y poner las cosas en su punto.

La mayoría de los que se oponen a estos abortos están pensando en el aborto de la señorita de Callao y Santa Fe, o que todas las mujeres se van a hacer un aborto como quien va a una fiesta o se cambia el vestido.

Esto es frivolizar temas que son muy serios, que tienen que ver con la salud mental y física de una futura madre que no buscó ese estado sino que es víctima de una violación, de una violencia, de una imposición sobre su voluntad, sobre su cuerpo y sobre un ámbito de determinación que tiene que ser exclusivamente de ella.

Ninguna mujer pasa por un aborto sin consecuencias, psicológicas o físicas. Y me refiero a abortos naturales, espontáneos.

A una persona que le ha pasado tener abortos naturales le cuesta recuperarse. ¿Se imaginan de tomar la decisión de producir el aborto, lo traumático que es?

Lo que no tenemos que confundir son las cuestiones confesionales, religiosas, con las de estad.

Si la iglesia me viene a decir “no quiero que mis fieles aborten”, le digo muy bien, pero yo que no soy su fiel, déjeme hacer lo que me parezca a mí porque no tengo la obligación de seguir sus órdenes o consejos.

Deberíamos empezar por tener educación sexual en las escuelas, con lo cual las mujeres sabrían lo que pasa en sus cuerpos, sabrían qué posibilidades hay de protección, o la anticoncepción de emergencia, que funciona hasta cinco días después de mantener la relación sin protección.

Solo con esto estaríamos disminuyendo en una cantidad enorme la posibilidad de situaciones de aborto.

Hay que tener en claro que el permiso que da una ley para alguna actividad no significa que uno tenga que utilizarlo.

Hace mil años tenemos una ley de matrimonio civil y a mí no se me antojó casarme. Tenía permiso pero no tenía ganas.

Espero que se haga un debate en serio, que no se frivolice ni se banalice.

En muchos casos la gente ignora los casos reales que se dan en lugares muy aislados, con poco acceso a los conocimientos, a las ayudas médicas. ¿Cómo podemos juzgar la situación de una coyita perdida en los Andes que no tiene acceso a una mínima atención médica?

Quienes pueden pagar los abortos, los hacen con plena seguridad. Hay clínicas abortivas en Buenos Aires pero hay que pagarlas, y eso cuesta mucha plata.

Usted no puede decirle a una mujer cuyo único ingreso es como empleada de servicio doméstico, mal pago, en negro, y que si va a tener una criatura pierde el trabajo, que para hacerse un aborto seguro vaya a una clínica que le va a cobrar 5.000 dólares.

Va a la primera partera que se le pone por el camino, en las peores condiciones de higiene y seguridad.

Eso es lo que estamos provocando. Entre los 16 y 25 años, la segunda causa de muerte entre las mujeres es el aborto clandestino.

(Sobre el trabajo, el estrés y los roces en el ámbito laboral): Cuando usted tiene exceso de trabajo y no puede repartirlo en las condiciones normales, sino que tiene que asumir el trabajo de otro, llega un momento que ni el humor ni la salud ni las ganas ni el físico le dan.

Llega un momento que cuando está cansado uno puede decir cualquier cosa y las relaciones humanas se deterioran.

Porque usted tiene que pedirle  un empleado que se quede 8 horas. Si hay buena voluntad se queda, si no hay buena voluntad se produce el choque.

En toda relación humana siempre hay un desgaste cuando se trabaja mucho tiempo junto. Eso hay que evitarlo, pero no se puede evitar cuando uno está haciendo el trabajo de tres y exigiendo a otra gente, nada más que por el ejemplo, porque no se puede pedir a la gente que sea heroica y sacrifique su familia, sus relaciones, su salud, por algo que no le compete, porque no es culpa del empleado que no nombren jueces.

La gente se enferma, no sólo físicamente, cuando hay exceso de trabajo y de presiones, y tenemos cantidad de empleados en tribunales con licencias psiquiátricas, que se dan a partir de una cantidad de roces, broncas, peleas, que llega un momento que no se pueden tolerar más.

(Sobre la baja en la edad de la imputabilidad): No soy partidaria de bajarla, no creo que tenga ningún resultado.

Hoy bajamos de 16 años a 14, mañana vamos a bajar a 12, y vamos a terminar metiendo a los bebés presos porque van a ser todos culpables, hasta el chiquito que le puso un palo al otro para que se caiga.

(Sobre la trata de personas): En nuestro país es un grave problema, y se está tratando de combatir. Estamos tratando de unificar conceptos y hacer reuniones para ver qué se puede hacer sobre todo en algunas zonas donde es más frecuente.

Esto no es una cuestion sólo de los jueces, hay que coordinar una cantidad de actividades con Gendarmería, Prefectura, Policía, controles de frontera, Aduana.

Los jueces siempre llegamos después, la tarea de prevención hay que hacerla antes. Eso no está en manos nuestras. Podemos ayudar a planificar alguna cosa que tiene que poner en marcha otro poder del Estado.

En muchos casos los jueces desconfían de las fuerzas de seguridad.

En un lugar chico, donde se conoce todo el mundo, muchas veces la sospecha tiene una base de realidad.

Cuando alguien sospecha, por lo menos hay que prestar atención y ver si esa sospecha tiene una base de realidad o es una paranoia. Es muchos casos no es una paranoia.

Además hay una red de trata, uno tiene que armar una red contra otra red. Y siempre hay puntos flojos, y siempre está el tema del presupuesto.

Las redes internacionales tienen mucha plata, y nosotros no.

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¿Qué le preguntaría a la ministra Carmen Argibay?

3 agosto 2010 10:47 7 comentarios

El jueves 5 de agosto, la ministra de la Corte Suprema de Justicia Carmen Argibay dará una conferencia de prensa en Neuquén.

Es probable que me toque ir a cubrir esa actividad y tenga oportunidad de hacerle algunas preguntas.

Aprovechando la participación que dan los blogs y redes sociales, se me ocurrió proponerles a los interesados lo que dice el título: ¿qué le preguntaría a Carmen Argibay?

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Leña al fuego: la Corte Suprema dispuso un aumento salarial para todo el personal

5 julio 2010 16:55 14 comentarios

Leo en el Centro de Información Judicial: El aumento es de 7% a partir del 1º de mayo de 2010 y de 8% a partir del 1º de julio del mismo año. Ambos son remunerativos y bonificables, para todas las categorías del escalafón del Poder Judicial de la Nación.

El pasado 1º de junio, el Máximo Tribunal había solicitado a la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación la modificación de las partidas presupuestarias para otorgar dicho incremento salarial.

En la acordada, la Corte aclaró que “la Jurisdicción cuenta con los recursos financieros suficientes para atender la mayor erogación, no requiriendo aportes del Tesoro Nacional”.

ACORDADA COMPLETA

Ley de medios: fallo completo de la Corte Suprema de Justicia

15 junio 2010 20:03 3 comentarios

La Corte revocó el fallo que suspendía la ley de medios. Si utilizan Google News podrán ver la dispar manera de titular esta noticia según los intereses de cada quien.

Les dejo el fallo completo tomado del Centro de Información Judicial y un enlace aquí al análisis de Gustavo Arballo.

FALLO COMPLETO

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La Corte Suprema limitó el uso de los decretos de necesidad y urgencia. Fallo completo

Leo en el Centro de Información Judicial: Con la opinión coincidente de todos sus ministros, el Tribunal sostuvo que los Decretos de Necesidad y Urgencia fueron establecidos para atenuar el presidencialismo y que, por lo tanto, su uso por parte del Poder Ejecutivo debe ser limitado.

“El texto de la Constitución Nacional no habilita a elegir discrecionalmente entre la sanción de una ley o la imposición más rápida de ciertos contenidos materiales por medio de un decreto”, dijeron los jueces.

La sentencia -con la firma de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt,  Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni, Carmen Argibay y Enrique Petracchi- fue dictada en la causa “Consumidores Argentinos c/ EN –PEN- Dto. 558/02 –ley 20.091 s/ amparo ley 16.986”, y declaró la inconstitucionalidad del decreto 558/02 del 27 de marzo de 2002 que modificó la ley 20.091 de entidades de seguros.

CSJN Y DNU

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Lorenzetti respondió en Facebook que su reunión con Magnetto fue protocolar

Ricardo Lorenzetti contestó en su sitio en Facebook, después de varios días y de decenas de mensajes que se lo pedían, que su reunión con la Asociación Empresaria Argentina fue de carácter protocolar. Y que el encuentro había sido informado en el sitio de prensa oficial de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

(Click en la imagen para verla más grande)

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La Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad del indulto a Martínez de Hoz. Fallo completo

27 abril 2010 23:52 Deja un comentario

La Corte Suprema declaró la inconstitucionalidad del indulto dictado por el ex presidente Carlos Menem a favor del ex ministro de Economía de la dictadura José Alfredo Martínez de Hoz, en una causa por el secuestro de dos empresarios algodoneros en noviembre de 1976.

Leo en Centro de Información Judicial: La Corte Suprema de Justicia de la Nación consideró que las cuestiones planteadas en la causa “Martínez de Hoz, José Alfredo s/recurso de inconstitucionalidad de los decretos 1002/89 y 2745/90” son sustancialmente análogas a las cuestiones examinadas y decididas en la causa “Videla”, por lo cual  dejó firme la sentencia  apelada de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, que había confirmado un fallo de primera instancia que declaraba la inconstitucionalidad del decreto de indulto que beneficiaba al ex ministro de Economía.

En la causa “Videla”, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal confirmó el 14 de julio de 1988 la prisión preventiva dictada contra Jorge Videla y Albano Harguindeguy por el delito de secuestro extorsivo reiterado con motivo de las detenciones y puesta a disposición del Poder Ejecutivo Nacional del empresario Federico Gutheim y de su hijo Miguel Ernesto.

Ese tribunal había entendido que “surgía de modo inequívoco la falta absoluta de razonabilidad de las detenciones de los Gutheim”, ya que “con respecto al padre no ha podido invocarse más que su carácter de responsable de la firma SADECO S.A. y el incumplimiento de contratos celebrados con los comerciantes ingleses y chinos residentes en Hong Kong y la repercusión desfavorable” de esta situación respecto del comercio exterior argentino. El hijo, en tanto, no perteneció jamás a razón social o empresa alguna que haya participado en actividades de exportación.

La investigación del caso se extendió luego al ex ministro de Economía Martínez de Hoz. Posteriormente, el ex presidente de la Nación, Carlos Menem, indultó tanto a Martínez de Hoz como a Videla y Harguindeguy. En consecuencia, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal  Nº 5 declaró extinguida la acción y dispuso el sobreseimiento definitivo de Videla.

El proceso quedó paralizado hasta la presentación interpuesta  el 20 de junio de 2006 por la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos y la fundación Liga Argentina por los Derechos del Hombre, que solicitaron la declaración de inconstitucionalidad de los decretos de indulto 1002/89 y 2745/90, que beneficiaron a Harguindeguy y Martínez de Hoz. También, el secretario de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia de la Nación, Eduardo Luis Duhalde, planteó un pedido similar respecto del decreto 2741/90, que indultó a Videla.

El juez de la causa declaró finalmente la inconstitucionalidad del decreto 2741/90 y la nulidad de los actos que fueron su consecuencia directa. La Cámara confirmó el fallo. Ante esta situación, la defensa de Videla presentó un recurso extraordinario ante la Corte, que fue rechazado.

En la causa “Mazzeo”, el Alto Tribunal puntualizó que los delitos de lesa humanidad, por su gravedad, son contrarios no sólo a la Constitución Nacional, sino también a toda la comunidad internacional, razón por la cual la obligación que pesa sobre todos los Estados de esclarecerlos e identificar a sus culpables surge también de los tratados internacionales y aún del ius cogens, que  es la más alta fuente de derecho internacional, no susceptible de ser derogada por tratados en contrario.

En ese caso, la Corte Suprema recordó sus pronunciamientos en las causas “Arancibia Clavel” y “Simón”, en las cuales declaró la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad y la inconstitucionalidad de las leyes conocidas como de obediencia debida y de punto final, respectivamente.

Reiteró en ese fallo, además, que a partir de la reforma de la Constitución Nacional, los tratados internacionales de derechos humanos tienen jerarquía constitucional y que por voluntad de los convencionales constituyentes se ha querido que la jurisprudencia internacional en la materia sirva de guía interpretativa para los jueces.

MARTINEZ DE HOZ

VIDELA

Lorenzetti, ¿usted dijo lo que dicen que dijo?

25 abril 2010 0:25 1 comentario

Leo en el sitio Contexto que el presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Ricardo Lorenzetti, habría declarado: «Los Kirchner querían una justicia independiente y ahora no aguantan esa independencia, están arrepentidos».

La noticia también está reflejada en otro medio digital de Rafaela donde se menciona: «(…) La relación con el Gobierno se rompió del todo cuando la Corte sacó el fallo de la publicidad oficial, que ordenaba que el gobernador neuquino, Jorge Sobisch, debía restituirle los avisos del Estado provincial al diario Río Negro, y que sentó precedente para ese fallo posterior de la Cámara Federal que ordenó que el  Gobierno nacional deje de discriminar a la Editorial Perfil, y que el Ejecutivo apeló. «¡Cómo se enojaron con eso!», recuerda Lorenzetti.

Así que una vez leídas las notas, me fui al sitio de Lorenzetti en Facebook y le dejé este mensaje:

“Dr. Lorenzetti: así como en su momento utilizó este medio para desmentir su probable candidatura política, ahora quisiera saber si son ciertas las declaraciones que le atribuyen algunos medios y que habría dado a la revista noticias. Por ejemplo, como lo que comenta este enlace cuyo título es: «Los Kirchner querían una justicia independiente y ahora no aguantan esa independencia, están arrepentidos», dijo el presidente de la Corte Suprema o este otro enlace de un medio digital de Rafaela.

Por la gravedad de las afirmaciones que le atribuyen considero que corresponde una rápida aclaración. Muchas gracias”.

Cuando le dejé una pregunta sobre su probable candidatura política, tardó un poco pero respondió. Yo creo que ahora va a hacer lo mismo.

Imagen tomada de aquí.

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Tampoco en la Justicia la mujer puede acceder a cargos de mayor decisión

8 marzo 2010 17:23 Deja un comentario

Si bien el 54% de los agentes judiciales son mujeres, “existe un techo de cristal” (ver aquí la definición)  a modo de barrera invisible, que les impide acceder a los cargos de mayor decisión.

De los 77.917 agentes que trabajan en la justicia argentina, el 54% son mujeres y el 46% hombres.

En la Corte Suprema el 58% del personal es femenino, mientras que el 42% es masculino.

En algunas jurisdicciones se destaca la desigualdad de posibilidades que se le presentan a varones y mujeres. “Parece un club masculino, desde los cargos de jueces hacia arriba; y un club femenino, de las secretarias hacia abajo”, afirmó la ministra Carmen Argibay al presentar el informe.

“Es notorio que en el fuero Federal hay predominio de varones en casi todas las jurisdicciones”, agregó.

Nota completa aquí.

INFORME COMPLETO (en pdf)

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