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Declaran inconstitucional la prisión perpetua a menores de edad. Fallo completo

21 agosto 2012 18:37 Deja un comentario

Leo en el CIJ:

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por Ángela Ester Ledesma, Alejandro W. Slokar y Ana María Figueroa resolvió hacer lugar a tres recursos de revisión deducidos por la Defensa Pública Oficial en favor de César Alberto Mendoza, Claudio David Núñez y Lucas Matías Mendoza, en los que se invocó el informe 172/10 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (ver aquí) que concluyó que el Estado Argentino había violado el derecho al recurso y la Convención sobre los Derechos del Niño al imponer penas de prisión y reclusión perpetuas a quienes eran menores de edad al momento de los hechos, entre otras violaciones a derechos de orden fundamental.

El fallo completo está aquí en pdf.

Sobre el tema nos ocupamos aquí con esta síntesis de Claudia Cesaroni:

Hay 5 jóvenes, que hoy andan por los 30 años, presos desde que tenían 16 o 17. Fueron condenados a prisión perpetua, entre 1999 y 2002, por la Justicia Nacional de Menores (tres casos) y la justicia de menores de Mendoza (dos casos). En Mendoza eran tres, pero uno de ellos apareció colgado en la Penitenciaría, a los 20 años. El caso está en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) desde 2002.

La CIDH recomendó en noviembre de 2010 que el Estado argentino resuelva el caso, pero Lucas Matías Mendoza, Claudio David Núñez, César Alberto Mendoza (sin relación de parentesco con Lucas), Cristián Saúl Roldán Cajal y Diego Arce, siguen presos. ¿Hasta cuándo? ¿Hay que esperar una condena de la Corte Interamericana de Derechos Humanos?

Todos ellos sufrieron malos tratos y torturas, en las cárceles federales y en las cárceles mendocinas.

Se los condenó a penas prohibidas.

Ningún otro país de América Latina ni de Europa permite penas de prisión perpetua a niños, es decir, a personas menores de 18 años al momento de cometer los delitos.

El gobierno democrático debe reparar, de una vez por todas y sin más dilaciones, lo que jueces nefastos hicieron, siguiendo oleadas manoduristas levantadas por políticos como Ruckauf: las primeras condenas, aplicadas en abril de 1999, fueron impuestas en plena campaña electoral por la gobernación de la provincia de Buenos Aires, bajo la consigna de “meter bala a los delincuentes”.

En cuanto al fallo conocido hoy martes, la doctora Ledesma, que lideró la votación a la que adhirieron sus colegas Slokar y Figueroa, puntualizó que

“el presente caso ha puesto de manifiesto la falta de adecuación de las normas del Código Procesal Penal de la Nación y de las leyes del derecho penal juvenil respecto de los principios de la Constitución Nacional y de los que rigen en el derecho internacional (que han sido mencionados a lo largo de esta sentencia).  Esta circunstancia -que en el caso concreto se ha cristalizado en efectos irreparables para las víctimas-  impone la necesidad de una reforma integral del sistema que permita el adecuado cumplimiento de los derechos de orden superior que han sido lesionados para evitar que se produzcan situaciones análogas en el futuro.”

El sitio creado por Cesaroni en Facebook, aquí.

Segundo informe sobre la situación de las y los defensores de DDHH en las Américas (para descargar)

7 marzo 2012 21:28 1 comentario

Juan Manuel Salgado me hizo llegar este importante aporte, acompañado de un comentario: “Además de las recomendaciones sobre independencia e imparcialidad de los jueces (que están lejos de cumplirse en Neuquén) creo que es importante que se difunda que «la CIDH entiende que debe ser considerado defensor o defensora de derechos humanos ‘toda persona que de cualquier forma promueva o procure la realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidos a nivel nacional o internacional’”.

LIBRO – CIDH – SEGUNDO INFORME SITUACION DEFENSORES DDHH

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Mujer y Poder Judicial en las Américas: lejos de puestos de decisión y con obstáculos para acceder (informe de la CIDH)

24 octubre 2011 21:56 10 comentarios

Las mujeres de las Américas participan en política y en el Poder Judicial. Pero hay mecanismos, a veces groseros, otras más sutiles, que les impiden superar las barreras que les permitirían llegar a niveles de decisión.

Así se desprende de un informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre la participación política de las mujeres en las Américas, que entre sus conclusiones señala:

El involucramiento de las mujeres en todos los ámbitos de la vida política es una condición necesaria para garantizar una sociedad más igualitaria y consolidar la democracia representativa en las Américas. También puede tener un efecto multiplicador en la protección de sus derechos humanos en varias esferas más allá de la política”.

Abajo pueden descargar el informe completo, en español y en inglés, en formato pdf.

Tiene un capítulo dedicado al Poder Judicial, del cual rescato aquí algunos párrafos:

En cuanto a la participación y representación de las mujeres en las instancias de justicia, la CIDH observa que las mujeres están ocupando cargos en tribunales de primera, segunda y tercera instancia, así como en posiciones administrativas.

(…) Sin embargo (…) el progreso de las mujeres en este ámbito es muy lento, heterogéneo y diverso en la región existiendo poca presencia de las mujeres en posiciones de toma de decisiones en los tribunales superiores y cortes constitucionales de los países americanos.

(…) Las mujeres están insuficientemente representadas en los tribunales internacionales y regionales (…) y no hay mecanismos para garantizar la nominación de mujeres a ocupar cargos en organismos regionales e internacionales.

(…) La Comisión observa con preocupación que en la mayoría de los países de la región no existe legislación ni políticas que garanticen la igualdad de género en el nombramiento, selección y distribución de los cargos en los tribunales, juzgados y magistraturas nacionales.

(…) La Comisión nota que las mujeres enfrentan notables dificultades para figurar como candidatas y ser elegidas como juezas de altas cortes en los países de la región.

(…) Por una parte, las mujeres se encuentran concentradas en tribunales y juzgados de jurisdicción civil, familiar o administrativa, siendo más bajo el número de mujeres en las áreas de justicia penal y laboral.

(…) El sistema judicial tiene una importancia fundamental en la defensa del Estado de Derecho y como árbitro jurídico en la corrección de abusos en contra de las mujeres tanto en la esfera pública como la privada.

(…) Dado que las mujeres son más susceptibles que los hombres a sufrir el ejercicio arbitrario del poder, tanto en la familia como en la comunidad, se ha comprobado que las leyes y los procesos judiciales tienen importancia crítica para demostrar que las relaciones entre mujeres y hombres se encuentran dentro del ámbito de incumbencia de la justicia”.

(…) La Comisión considera necesaria la creación de mecanismos adecuados para asegurar la nominación de las mujeres en los tribunales y cortes constitucionales de los países para superar los prejuicios de género aún arraigados en las estructuras judiciales, mejorar el acceso a la justicia de las mujeres y garantizar el respeto de los derechos humanos en la región.

(…) Entre los mecanismos y medidas que la Comisión considera necesarias para promover la inclusión de las mujeres en el sistema judicial se encuentran: la adopción e implementación efectiva de medidas especiales de carácter temporal, como cuotas de género en los cargos de designación con las debidas sanciones en caso de incumplimiento y sistemas de preferencia para mujeres en el nombramiento y designación de cargos judiciales; medidas especiales de promoción y difusión de las convocatorias de plazas y concursos del poder judicial; y promover el acceso de las mujeres a los programas de capacitación y formación judicial impartidos por las instancias de justicia e instituciones académicas”.

MUJERES PARTICIPACION POLITICA

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La CIDH condenó al Estado Argentino y a Chubut por la desaparición de Iván Torres a manos de la policía. Fallo completo

30 septiembre 2011 16:17 Deja un comentario

En febrero de este año contamos en el blog el caso de Iván Eladio Torres, desaparecido en la provincia de Chubut en octubre de 2003 después de ser detenido por la Policía de Comodoro Rivadavia.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos acaba de condenar al Estado Nacional y al Provincial por este caso.

El abogado de la familia del joven, Raúl Heredia, dijo que según comprobó la CIDH “en la provincia del Chubut con el amparo de normas contravencionales o para la averiguación de antecedentes o de identidad, las normas que habilitan a la policía para detener a las personas pueden concluir en varias ocasiones en muerte, tortura y en este  caso en una desaparición impactando en los sectores más humildes de la sociedad”.

El fallo, que pueden descargar completo más abajo, estableció que los “abusos policiales como el que sufrió Torres son frecuentes en la provincia del Chubut”. En este sentido, con el  fin de garantizar la no violación de los derechos humanos, “la Corte consideró importante fortalecer las capacidades institucionales del personal policial”.

SENTENCIA CIDH

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Medida cautelar de la CIDH en favor de la comunidad Paichil Antriao

12 abril 2011 10:36 Deja un comentario

Leo en Página/12: “Garantizar la vida y la integridad personal de la comunidad Paichil Antriao.” Es la orden de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para el gobierno nacional luego de aceptar la medida cautelar solicitada por el Observatorio de Derechos Humanos de Pueblos Indígenas (Odhpi).

“La comunidad mapuche vive en la localidad de Villa La Angostura desde el siglo XIX, reconocida por documentos del propio Estado nacional. La ciudad creció sobre territorio indígena, en un lento pero sostenido proceso de apropiación territorial. En noviembre de 2009, parte de la comunidad sufrió un nuevo desalojo y la destrucción de viviendas. Desde hace dos años denuncia el hostigamiento y violencia por parte del gobierno provincial, el Poder Judicial local, la policía y guardias privados.

“La decisión de la CIDH, que instó a tomar “medidas urgentes”, se da en un contexto provincial en el que existen 40 causas penales que mantienen imputados a 200 miembros de comunidades mapuches, siempre por defender su territorio.

Resto de la nota, aquí.

La resolución completa, en formato pdf, aquí abajo:

MEDIDA CAUTELAR

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La CIDH condenó a Uruguay a investigar las violaciones a los derechos humanos. Fallo completo

26 marzo 2011 9:39 Deja un comentario

Leo: “En una resolución histórica, la Corte Interamericana de Derechos Humanos obligó a Uruguay a investigar y sancionar las desapariciones forzadas en el caso de la nuera del poeta argentino Juan Gelman. De esta manera la CIDH deja sin efecto la ley de caducidad uruguaya que amnistió a militares vinculados a casos de violaciones a los Derechos Humanos.

“En el fallo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos señala que Uruguay faltó a su deber de ‘adecuar su derecho interno a la Convención Americana sobre Derechos Humanos’. Paralelamente el organismo regional le pide al país sudamericano que investigue ‘los hechos del caso, a fin de esclarecerlos, determinar las correspondientes responsabilidades penales y administrativas y aplicar las consecuentes sanciones que la ley prevea’, sentencia el documento refiriéndose al caso de la nuera del poeta argentino Juan Gelman, María Claudia García.

“En 1976, y cuando María Claudia tenía sólo 19 años, fue secuestrada junto a su esposo en Buenos Aires. Embarazada de siete meses, la joven fue posteriormente trasladada clandestinamente a Uruguay, perdiéndose luego su rastro y el de su hija Macarena, quien fue entregada en adopción ilegal y sólo pudo reencontrarse con su verdadera familia tres décadas después.

“El caso, enmarcado en la conocida Operación Cóndor con la que las dictaduras latinoamericanas cooperaban efectivamente, se convirtió en emblemático ahora por echar por tierra la Ley de Caducidad, la norma uruguaya con la que se logró amnistiar a militares y policías vinculados a casos de violaciones a los Derechos Humanos cometidas durante las dictaduras militares sudamericanas de la década de los 70”.

Fuente: RFI.

Entrevista a Macarena, aquí.

CASO GELMAN VS. URUGUAY

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El Estado argentino deberá responder ante la CIDH por la desaparición de un joven a manos de la policía de Chubut

3 febrero 2011 12:48 2 comentarios

Iván Eladio Torres tenía 27 años la última vez que lo vieron. Era albañil, sustento de su familia. Vivía con su madre, su hermana y el hijo de ella en una modesta vivienda de Comodoro Rivadavia.

La policía lo tenía dentro de su elenco estable de sospechosos. Sufría hostigamientos y detenciones arbitrarias al amparo de la peligrosa facultad de la que aún gozan los oficiales para detener personas por “averiguación de antecedentes”.

En setiembre de 2003 lo detuvieron, lo sometieron a un simulacro de fusilamiento en un descampado y después lo dejaron ir, descalzo y casi sin ropas. Su arresto no figuró en ningún registro de la seccional Primera, que estuvo a cargo.

Entre la noche del 2 de octubre de 2003 y la madrugada del día siguiente lo volvieron a detener. Estaba en una plaza, esperando a sus amigos, sin cometer ningún delito.

Desde entonces está desaparecido. Y no hay nadie condenado.

La justicia le encargó la investigación a los mismos oficiales imputados por su desaparición. La hipótesis de la policía fue que Iván dejó la provincia por sus propios medios.

Su madre se presentó varias veces en la comisaría pero no le tomaron la denuncia. Recién se comenzó a investigar el hecho cuando ella concurrió a los medios de comunicación, 11 días después.

El 9 de enero de 2005 un joven llamado David Hayes, que estaba preso en la comisaría Primera la madrugada que lo detuvieron a Iván, le entregó una carta escrita de su puño y letra a la madre del desaparecido.

Dice textualmente: “Bueno yo soy David Hayes y yo soy testigo del caso de Ivan Torres pero mi vida está en peligro fuy amenzado de muerte y cuando tomaron declaración no dije todo lo que [sé] por miedo a que me maten pero estoy dispuesto a declarar en la Corte Norteamericana, yo bi cuando a Iban le pegaban desde una ventana que está en un baño, le pegavan barios policias entre ellos estaba el oficial Montesino, el comisario Teyeria el fue quien me amenasó de muerte, yo puedo identificar a los policías que estuvieron esa noche y puedo senalar el lugar a donde Iban cayó desmayado y lo agarraron y lo sacaron a la rastra asta una escalera que da a la unidad regional y otro policia limpiaba la escalera de la unidad regional y eso fue a la madrugada que yo bi cuando trajeron a Iban y le pegaron pero no le dije todo lo que bi pero tambien le dije que si podía ampliar mi declaración y me dijo que yo estaba en todo mi derecho pero él después estaba con el comisario Tiyeria y me miraban y se reían por eso me quede cayado. David Hayes 28.451142”.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos le pidió al Estado argentino que tomara las medidas necesarias para preservar la vida de Hayes. Fue tarde: un día antes, el testigo murió asesinado a puñaladas en la misma comisaría en una presunta pelea.

El Estado argentino deberá dar explicaciones sobre este caso. La demanda de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ante la Corte IDH, que pueden descargar más abajo en formato pdf, señala:

“Las investigaciones realizadas por la desaparición forzada de Iván Eladio Torres, según se desprende de los elementos probatorios obrantes en el expediente de la Comisión, se han caracterizado por la negligencia de las autoridades judiciales en la recolección de la prueba, el encaminamiento del proceso y, especialmente, en la tardanza en la conclusión de aquél y el consecuente enjuiciamiento de los presuntos responsables intelectuales y materiales”.

En tanto el sistema judicial se mantenga inactivo y encubridor mediante la omisión o falta de una investigación adecuada, los hechos permanecen en la impunidad. La jurisprudencia del sistema interamericano ya ha establecido que la falta de sanción permite la repetición de las violaciones investigadas. El juzgamiento y sanción de los autores responsables tiene una función preventiva para que hechos de esa misma naturaleza no vuelvan a suceder.

La madre aún espera con vida a Iván. Cuando tiene que salir de su casa le deja una nota a su hijo indicándole adónde fue y a qué hora regresará, para el caso de que él vuelva y no la encuentre.

(Gracias Juan Manuel Salgado por la información)

DEMANDA CASO IVAN TORRES

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La CIDH acusa a la Argentina de violar los derechos de adolescentes condenados a prisión perpetua

28 enero 2011 10:11 2 comentarios

Copio y pego partes de una nota del diario digital MDZ. Al final podrán descargar el informe completo (en formato pdf) de la Comisión Interamerciana de Derechos Humanos, que me hizo llegar Juan Manuel Salgado.

“La Comisión Interamericana de Derechos Humanos notificó al Estado Nacional de las violaciones que soportaron cinco jóvenes condenados a cadena perpetua. Dos de esos casos ocurrieron en Mendoza. Uno de ellos se suicidó en la celda de San Felipe. Posible sanción al país justo cuando se debate por la baja de la edad de imputabilidad de los menores.

El documento se titula: «Informe de fondo César Alberto Mendoza y otros (Prisión y reclusión perpetua de adolescentes Argentina)”. Se trata de un exhaustivo análisis de los casos donde concluye que Argentina a violado los derechos humanos de estos condenados durante la adolescencia. Las condiciones de encierro son buena parte de las acusaciones de la Comisión Interamericana.

“La Convención sobre los Derechos del Niño fue confirmada y adoptada con rango constitucional en la Constitución del ’94. En su artículo 37, inciso a, ordena claramente: “No se impondrá la pena capital ni la de prisión perpetua sin posibilidad de excarcelación por delitos cometidos por menores de 18 años de edad”.

“Una crónica de Página/12 revisó la historia en junio de 2006. Entre el 20 de noviembre del ’97 y el 24 de abril de 2003, la Justicia argentina fue inconstitucional en 10 fallos que violaron la Convención al sentenciar a perpetua a 11 jóvenes por delitos cometidos cuando eran menores de 18 años. Entre ellos, está el caso de Ricardo David Videla Fernández, nacido el 17 de septiembre de 1984. Los otros 10 casos se reparten entre tribunales porteños, mendocinos y uno de Catamarca. Quienes sostienen que la perpetua a menores no es inconstitucional argumentan que en Argentina, aunque la condena lleve agregada la accesoria por tiempo indeterminado, tras 20 años con buena conducta se puede pedir la excarcelación.

“El 7 de diciembre de 2005 la Corte Suprema fijó que un menor de 18 años no puede ser condenado con las mismas penas que corresponderían a un adulto en igualdad de circunstancias. El fallo correspondió al caso de Daniel Maldonado, hoy de 28 años, condenado a 14 por un homicidio cometido cuando tenía 16 años.

“Del total de casos, cinco llegaron a presentar su reclamo ante la Comisión Interamericana. Tres de ellos fueron presentados por Stella Maris Martínez, actual titular de la Defensoría General de la Nación, cuando era defensora oficial de los jóvenes César Alberto Mendoza, Lucas Matías Mendoza (no tienen parentesco entre ellos) y Claudio David Núñez. A ellos se les sumó el caso de Cristian Raúl Roldán Casal. pero ninguno de los cuatro casos fue aceptado por la CIDH por cuestiones de forma. La puerta se abrió recién cuando el abogado mendocino Fernando Peñaloza presentó el caso de Ricardo Videla en noviembre de 2003 y fue aceptado por la CIDH en febrero del año siguiente”.

INFORME CIDH

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Gustavo Vitale, defensor ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos

16 marzo 2010 11:42 25 comentarios

Gustavo Vitale ganó el concurso para ser defensor público ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Es un cuerpo de flamante creación que tendrá dos representantes por Argentina.

“Es un gran honor personal pero también un enorme desafío y responsabilidad”, dijo Vitale al blog.

Estudió derecho durante la dictadura y empezó a ejercer en democracia. Desde 1987 es defensor de Cámara en Neuquén. Además es profesor titular de Derecho Penal en la Universidad Nacional del Comahue.

En una época eran célebres sus cruces con el ex fiscal Ricardo Mendaña. En los juicios orales, ellos eran los protagonistas de los debates de más alto vuelo que se han presenciado en la justicia neuquina.

En el acuerdo 4486 del 10 de febrero, y a raíz de una presentación de Vitale, el Tribunal Superior de Justicia había modificado el reglamento de licencias.

Es el punto 25 del acuerdo y la parte resolutiva dispone:

“Incorporar como artículo 36 bis del reglamento de licencias, el siguiente: “En caso de que un miembro del Ministerio Público de la Defensa, sea designado para ejercer la función de Defensor ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, tendrá derecho a utilizar licencia con goce de haberes, de modo que le permita el cumplimiento efectivo y oportuno de tal función. En cada caso, deberá acreditar documentadamente la licencia solicitada.”